Pablo Otero, el "señor Tabaco"
Nacionales - La Corte Suprema de Justicia instó a la firma Tabacalera Sarandi a cumplir con el pago del impuesto
de cigarrillos, que había logrado esquivar durante años con presentaciones judiciales. Precisamente, el máximo tribunal hizo lugar a un planteo del Estado Nacional a través de la AFIP para dejar
sin efecto la ejecución de una sentencia que favorecía a la empresa. Mientras tanto, el máximo tribunal espera que el dictamen de la Procuración General de la Nación para resolver sobre la
inconstitucionalidad del impuesto al tabaco que reclama esa firma.
Tabacalera Sarandí comercializa una serie de marcas, como Red Point, West, Master y Kiel, viene desde hace años reclamando en tribunales: cuestiona una reforma a la ley 24.674 de impuestos internos que se firmó durante el gobierno de Mauricio Macri, en donde se estableció un aumento del 70 por ciento en esos tributos. La compañía alegó que la medida significaba un incremento en el precio al público de sus productos que la ponían en desventaja frente a empresas internacionales.
Y en la práctica, la firma de Pablo Otero, bautizado por Javier Milei como “el señor del tabaco”, fue beneficiada por una seguidilla de medidas cautelares que le permitieron no abonar el tributo en cuestión, las cuales fueron revocadas por la Corte en el año 2021 y hace dos semanas.
Así, la Corte Suprema suspendió la ejecución de la sentencia de cámara que habilitaba a Tabacalera Sarandí S.A. a no pagar el impuesto interno al tabaco.
El máximo tribunal explicó que “la normativa que implementó dicho impuesto motivó una serie de acciones judiciales por parte de diversas empresas tabacaleras, con el argumento central de que, al establecerse un piso mínimo elevado, las empresas de menor tamaño se encontrarían en inferioridad de condiciones para competir con las grandes”.
El máximo tribunal viene emitiendo desde fines de mayo fallos que dejan sin efecto medidas cautelares que frenaban el accionar del fisco para perseguir el cobro del impuesto interno al tabaco.
Este jueves, el máximo tribunal revocó un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que “en la práctica, implicaba que la empresa no haría frente al tributo, hasta tanto la Corte se expidiera sobre la cuestión de fondo”.
La Corte, “sin que implique pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión debatida”, modificó la situación de manera tal que el impuesto le es exigible a la tabacalera, independientemente del resultado final del expediente.
“Ya no queda pendiente ninguna medida preventiva, cautelar o de ejecución anticipada que tramite ante la Corte, que le impida al fisco determinar y percibir el tributo contra Tabacalera Sarandí S.A.”, resumió el tribunal.
Informe: Infobae y NA
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