Nacionales - La veda en el marco de la campaña electoral de cara a las elecciones legislativas del domingo próximo comenzó a regir este viernes a las 8, con la prohibición de realizar actos públicos de campaña y actividades de proselitismo.
Según lo establecido por la Cámara Nacional Electoral (CNE), la veda electoral comienza 48 horas antes del inicio del acto electoral, y las prohibiciones rigen hasta las 21 del domingo, tres horas después del cierre de los comicios.
Durante la veda electoral no se permite realizar actos públicos de campaña ni proselitismo, como así tampoco publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales, prohibición que se mantiene también durante la elección y hasta 3 horas después de su cierre.
Asimismo, está prohibido vender bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado hasta tres horas después del cierre de comicios, o sea las 21 del domingo, y ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
Para los electores, en tanto, queda prohibida la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
En tanto, los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, como obras de teatro, no podrán realizarse durante el desarrollo de los comicios y hasta pasadas tres horas luego de ser clausurados, es decir hasta las 21 del domingo.
A pesar de que desde la Cámara Nacional Electoral ya han aclarado en elecciones pasadas que las propagandas proselitistas en las redes sociales se encuentran contempladas dentro de la prohibición que establece la ley, es un ámbito muy complejo de controlar y, por ende, las publicidades de hecho continúan porque se hace a través de cuentas de usuarios individuales o falsas.
Documentos válidos para votar
La Cámara Nacional Electoral (CNE) recordó que todos los formatos de documentos son válidos para votar en las elecciones legislativas que se disputarán este domingo en todo el país, con la salvedad de que el ciudadano no podrá sufragar si presenta su DNI a través del celular o si lleva una versión anterior al documento que figura en el padrón electoral.
Libreta cívica, libreta de enrolamiento, DNI libreta verde, DNI libreta celeste; DNI tarjeta; y DNI tarjeta de la libreta celeste con la leyenda "no válido para votar" son documentos válidos para que el ciudadano presente el domingo en el establecimiento de votación.
La CNE aclaró que el ciudadano debe presentarse con el último ejemplar que tramitó y que el ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón.
Al igual que en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), también se remarcó que "es válido para votar" el DNI tarjeta otorgado junto a la libreta celeste con la leyenda "no válido para votar".
Asimismo, se informó que "el DNI en tu celular", a través de la aplicación Mi Argentina, no es válido para votar, por lo que no se permitirá que se exhiba el documento nacional de identidad mediante el dispositivo de telefonía móvil.
En tanto, se precisó que no podrán votar los ciudadanos que no presenten documento habilitante, los que no figuren en el padrón de la mesa, los que figuren anulados por la Justicia Nacional Electoral, aunque aleguen error, y los que presenten un documento anterior al que figura en el padrón.
Informe: Télam
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