miércoles, 5 de agosto de 2020

CÁMARA DEL CRIMEN CONSIDERA INCONSTITUCIONAL LA REFORMA JUDICIAL

El tribunal criticó el proyecto por “la consecuente 
dilapidación de recursos que semejante acto implica” 
porque “favorece la corrupción y la impunidad”

Alberto Fernández al anunciar el envío del proyecto de reforma judicial al Congreso.
Nacionales - Los jueces de la Cámara del Crimen señalaron por unanimidad que es inconstitucional la reforma judicial que impulsa el Gobierno en el fuero federal, criticaron el proyecto enviado al Congreso, aseguraron que el sistema de jueces suplentes previsto favorece la corrupción y la impunidad y realizaron una propuesta alternativa a la iniciativa oficial.

La acordada está firmada por los camaristas Alberto Seijas, Mariano González Palazzo, Juan Esteban Cicciaro, Rodolfo Pociello Argerich, Julio Marcelo Lucini, Mauro Antonio Divito, Ricardo Matías Pinto, Mariano Scotto, Ignacio Rodríguez Varela, Hernán Martín López, Magdalena Laiño y Pablo Guillermo Lucero.

Los jueces dijeron que no se tuvieron en cuenta antecedentes y la situación de la Justicia nacional y mencionaron objeciones constitucionales y de violación de las leyes y los derechos humanos que implica la reforma.

El proyecto oficial prevé que se creen 23 juzgados federales nuevos, cuyos titulares surgirán de los actuales jueces de instrucción de la Justicia ordinaria, cuyo superior jerárquico es esta Cámara del Crimen. En el proyecto se prevé que este fueron penal ordinario se diluya y desaparezca y en parte sus competencias se traspasen a la Justicia de la Ciudad y algunos jueces a la Justicia federal. Nada se dice acerca de qué ocurrirá con el resto de los jueces y de los tribunales orales.

Los jueces de la Justicia penal ordinaria son los que investigan y juzgan los delitos que sufre la gente común: robos, violaciones, homicidios, estafas. La Cámara del Crimen revisa esas investigaciones, los procesamientos y las elevaciones a juicio y los tribunales orales juzgan a los detenidos. Con el proyecto oficial todos estos actores desaparecen y, en parte, pasan a la Ciudad.

Las críticas principales

La reforma "supone el completo desguace de nuestro fuero (penal, ordinario), con la consecuente dilapidación de recursos que semejante acto implica, en particular frente a las flaquezas que la República enfrenta en su capacidad de atender los servicios más elementales al ciudadano".

"El proyecto omite toda referencia a la suerte que han de correr los magistradas y magistrados que quedarán por completo privados de funciones una vez que se agote el trámite de las causas pendientes, lo que habrá de ocurrir en un tiempo relativamente breve una vez verificadas las transferencias de las competencias ", señalaron los jueces.

Los jueces dijeron que el proyecto viola la Constitución Nacional porque el único motivo para que un juez cese es por su renuncia o juicio político. "Carece de sostén constitucional la pretensión de transferir a juezas o jueces de la Nación a cualquier otra jurisdicción, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", dijeron.

Señalaron que el traspaso podría generar reclamos de inconstitucionalidad "en la medida en que podría verse afectado el principio de inamovilidad de los jueces". Lo mismo cabe para la idea de "privar al fuero penal ordinario de toda competencia", que implica en la práctica suspender o poner en comisión de hecho a los jueces.

Indicaron que en el proyecto no se prevé que sucederá con sus funciones ni hay una asignación progresiva de asuntos federales. Propusieron que eso sí ocurra y se les asigne una competencia federal. "Ello supone tanto la afectación a las garantías constitucionales de estabilidad e intangibilidad de la función judicial -que son reaseguros de su imparcialidad-, como un trato desigual hacia el conjunto de las juezas y los jueces afectados", enfatizaron.

Subrogancias

Criticaron asimismo la subrogancia de los 23 nuevos jueces a designar en juzgados no habilitados, lo cual es contrario a la ley de subrogancias y puntualizaron que la elección a dedo de los subrogantes, más allá de la intervención del Consejo y el Senado, pasa por alto la regla del sorteo, que es como habitualmente se deciden las suplencias.

Esta regla obedece a "las exigencias constitucionales y convencionales de transparencia, objetividad e imparcialidad" de los jueces. "Si un Estado ha reconocido un derecho, como la mayor transparencia y garantía de imparcialidad en la designación de juezas o jueces y tribunales, no puede más que ampliarlo, más nunca puede retroceder restringiéndolo".

Dijeron que viola la Constitución que los jueces elegidos solo entiendan en las causas nuevas por un año. Ello es violatorio de la garantía del juez natural y de la prohibición de establecer comisiones especiales para el juzgamiento.

Con abundantes citas de pactos internacionales de Derechos Humanos, los camaristas dijeron que ello contribuye, a través de la corrupción, a generar riesgos a la independencia judicial y favorece la impunidad.

Propuesta alternativa

Así propusieron que en lugar de hacer desaparecer al fueron ordinario, se valore y empleen esos recursos como insumo "único e irrepetible" para cualquier reforma de la Justicia Federal y se los aproveche en la administración de justicia en el conurbano bonaerense, donde ocurren la mayoría de los homicidios del país y actúan organizaciones criminales.

Dijeron que los tribunales, juzgados, defensorías y fiscalías pueden actuar en los delitos comunes más graves y propusieron reformular la Justicia Federal Penal en la ciudad de Buenos Aires, con la experiencia que tiene el fuero ordinario desde hace más de 100 años, donde "jamás se ha dicho que se vean involucrados los intereses políticos o partidarios".

Atendiendo a sus ideas, los camaristas creen que se "podría contribuir a recuperar la confianza y consideración de la ciudadanía con su sistema de justicia" y no gastar nada, en contraste con el presupuesto gigantesco que demanda la reforma propuesta.

En lugar de "desguazar, desperdigar y someter a una larga agonía funcional" al fuero ordinario y copiar lo mismo que se hizo en la reforma menemista de 1992, se podrían utilizar estos recursos, dijeron los jueces.

Los camaristas comunicaron su acordada al Congreso, al Ministerio de Justicia, a la Corte Suprema, al Consejo de la Magistratura, a la Cámara Nacional de Casación, a la Procuración General de la Nación, a la Defensoría General de la Nación, al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional.

Informe: La Nación

0 comments :

Publicar un comentario