Sergio Casas, gobernador de La Rioja |
El reloj electoral corre muy rápido en La Rioja. Y puede
acelerarse todavía más en las próximas semanas luego de que el gobernador
Sergio Casas apurara el martes pasado el llamado a votar por su reelección, el
12 de mayo, sin esperar la opinión final de la Corte Suprema.
El escándalo constitucional riojano es grave, pero repetido;
es uno más entre muchos y difícilmente escale en el interés nacional, lo que
añade un beneficio extra para un sistema político concentrado como el riojano,
donde gobierna el peronismo desde 1983. Uno de tantos casos en la mayoría de
las provincias.
El caso está en la Corte, a la que Cambiemos recurrió por
segunda vez en menos de un mes. Es allí donde puede resolverse que Casas está
habilitado para aspirar a otro mandato consecutivo o anularse el proceso
montado en diciembre con una enmienda constitucional y una consulta popular
realizada el 27 de enero.
A juzgar por la manera en la que se la utiliza, en el mejor
de los casos, la Constitución de La Rioja está para ser interpretada según la
conveniencia del gobernador de turno
Está claro. En La Rioja, la Constitución provincial no está
para ser leída y mucho menos la ley que declaró la necesidad de reformarla, una
vez más, en 2008. El primer objetivo para justificar la decisión quedó escrito
en la ley que aprobó la abrumadora mayoría peronista de la Legislatura:
"Mejorar la calidad institucional de la Provincia".
A juzgar por la manera en la que se la utiliza, en el mejor
de los casos, la Constitución de La Rioja está para ser interpretada según la
conveniencia del gobernador de turno.
Para evitar la reelección indefinida de Luis Beder Herrera,
en 2008, la carta magna reformada incluyó una cláusula transitoria que decía:
"El mandato del Gobernador y Vicegobernador, e Intendentes y Viceintendentes
electos para el Período 2007-2011, deberá ser considerado como primer
mandato". Eso le permitió otro mandato a Beder Herrera, en 2011, pero en
2015 debió dejar el poder a Casas, su vicegobernador, que no tardó en relegarlo
una vez en el mando.
Casas encontró un problema en la Constitución. El artículo
120, dice: "(Gobernador y vicegobernador) Podrán ser reelegidos o
sucederse recíprocamente por un solo periodo consecutivo. Si han sido reelectos
o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos
cargos, sino con el intervalo de un período."
Como Casas quiere quedarse y ya tiene en forma consecutiva
un mandato de vice y otro de gobernador, decidió que la Constitución no puede
ser un obstáculo. Y es por eso que La Rioja atraviesa una tormenta
institucional que ya cumplió varias etapas. El gobernador no sólo estaba
inhabilitado para la reelección, sino que tampoco podía convocar a una
consulta, según la Constitución.
En enero, se hizo la consulta popular, tácitamente habilitada
por la Corte Suprema, que en un fallo por mayoría evitó pronunciarse sobre el
fondo de la cuestión, como reclamaba la oposición representada en Cambiemos
El artículo 177 dice que esa votación "tendrá lugar en
oportunidad de la primera elección general que se realice". Pero el
diligente Tribunal Superior de la Rioja interpretó que todo 2019 es un periodo
electoral y que por lo tanto no era obligatorio que esa consulta se realizara
el mismo día en el que se debía elegir al sucesor de Casas.
En enero, se hizo la consulta popular, tácitamente
habilitada por la Corte Suprema, que en un fallo por mayoría evitó pronunciarse
sobre el fondo de la cuestión, como reclamaba la oposición representada en
Cambiemos.
La consulta se realizó con un problema extra. El oficialismo
y la oposición tienen interpretaciones opuestas sobre la forma de establecer el
resultado. Y es que el artículo 84 de la Constitución riojana está escrito para
ser interpretado antes que cumplido por la ambigüedad de su redacción. Dice:
"Toda propuesta que sea sometida a consulta popular obligatoria se tendrá
por rechazada por el pueblo si una mayoría de más del treinta y cinco por
ciento de los votos de los electores inscriptos en el Registro Electoral no la
aprueba."
El problema a resolver por la Corte es quien tiene razón con
la votación ya realizada. El 27 de enero votó el 44 por ciento de un padrón
total de 280.699 electores. De esa minoría que asistió a las urnas en una fecha
insólita para una votación, el "Sí" obtuvo unos 71 mil votos (25% del
padrón) contra alrededor de 50 mil (17,9% del padrón) del "No".
El peronismo interpreta que con esos números es suficiente,
porque no considera el total del padrón, sino los porcentajes que surgen de los
votos emitidos. Cambiemos insiste en que los porcentajes deben tomarse sobre el
conjunto de electores.
La última palabra la tendrá la Corte, si es que resuelve
pronunciarse sobre la última presentación de Cambiemos. Casas ya consumó el
paso siguiente y llamó a votar el 12 de mayo. El reloj sigue corriendo.
©
La Nación
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