Luego del fallo del
juez Gustavo Lleral, el Ministerio
de Justicia ya no ayudará a los familiares
del joven.
Los familiares de Santiago Maldonado dejarán de percibir loa ayuda del Estado. |
Nacionales - La
familia de Santiago Maldonado ya no percibirá una ayuda monetaria por parte del
Ministerio de Justicia de la Nación, que la había incluido dentro del programa
que estipula la ley de Derechos y Garantías a las Víctimas de Delitos.
El 29 de noviembre pasado el juez federal Gustavo Lleral
dejó establecido en un fallo que el artesano murió ahogado y no fue víctima de
una desaparición forzada por parte de agentes de seguridad del Estado, y con
este elemento el Ministerio suspendió definitivamente la asistencia que
mantenía hacia la familia.
A lo largo de un año y tres meses, los Maldonado recibieron
1,5 millones de pesos. El dinero fue utilizado en viáticos, compra de tickets
de avión y alojamiento en hoteles en Buenos Aires y Esquel.
"La familia no recibía un monto fijo sino que ellos nos
iban informando de los gastos que tenían previstos. Por ejemplo, si necesitaban
un pasaje de avión nosotros se lo comprábamos, si necesitaban dinero para
viáticos se les transfería un monto", explicó Juan José Benítez,
Subsecretario de Justicia y Política Criminal del Ministerio de Justicia.
"En este tiempo se le ha dado un sólido cumplimiento a
la ley de Víctimas. Entendemos que hasta aquí llegamos", agregó Benítez.
Para el juez Lleral no hubo delito involucrado en las
circunstancias que rodearon a la muerte de Maldonado. En un extenso fallo, el
magistrado narró de manera minuciosa los segundos finales del joven que ocurrió
sin la participación de terceros. En su escrito también fundamentó porqué
resultaba innecesario insistir con nuevas pericias.
"Corresponde descartar por completo la hipótesis
criminal acerca de la presunta desaparición forzada de Santiago Andrés
Maldonado", dice Lleral en el fallo.
"Es que resultaría abiertamente ocioso y estéril
disponer la realización de diligencias a priori incapaces de conmover la
arquitectura probatoria construida con los categóricos y copiosos elementos ya
reunidos. Además, ello prolongaría inconstitucional y de modo no convencional
la duración de un proceso judicial que se encuentra cierta e irreversiblemente
definido por la vehemencia de los hechos acreditados", agrega.
La familia apeló el fallo de Lleral ante la Cámara Federal
de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, comunicó el miércoles la abogada defensora
Verónica Heredia.
Informe: Télam
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