El juez Gustavo
Lleral determinó que el joven murió ahogado en el río y no fue víctima de
desaparición forzada.
Santiago Maldonado |
Judiciales - El
juez federal de Rawson Gustavo Lleral cerró este jueves los dos expedientes por
la desaparición de Santiago Maldonado, quien murió ahogado en el río Chubut el
1 de agosto del año pasado, según el fallo 263 fojas, en el que también dictó
el sobreseimiento total y definitivo del gendarme Emmanuel Echazú.
El magistrado no encontró responsabilidades penales en la
actuación de la Gendarmería que el 1 de agosto reprimió un corte en la ruta 40,
a la altura de la estancia Leleque, en la que un grupo de mapuches identificados
con el lonko Facundo Jones Huala agredió con piedras a la fuerza federal
mientras reclamaban por la liberación de su líder
Al dictar la sentencia y cerrar el expediente de hábeas
corpus, el magistrado dispuso restituir los efectos reservados en el expediente
y ordenó archivar la causa en el juzgado de Esquel.
Lo hizo tras conocerse el miércoles la última pericia sobre
el DNI de Santiago Maldonado que arrojó que no se encontraron "evidencias
objetivas que indicaran que ese documento no hubiera estado sumergido en el
agua por un período de hasta 90 días".
Lleral sopesó el cúmulo de pruebas que obran en el expediente y
sentenció que Maldonado no fue víctima de una desaparición forzada sino que
murió ahogado en el río Chubut.
Se da por descontado que la familia apelará la sentencia y
concurrirá a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que revise el
caso.
Tras 78 días de búsqueda, el cuerpo sin vida de Santiago
Maldonado, de 28 años, fue hallado en el lecho del río Chubut, dentro del Pu
Lof de Resistencia en Cushamen, la comunidad mapuche que ocupa una porción de
la Estancia Leleque, perteneciente al grupo Benetton, en Chubut.
Informe: Infobae
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