La Cámara de Casación
Penal consideró prescripto el caso
que se inició en 1995 por el cual el expresidente estuvo
preso 5 meses.
Carlos Saúl Menem |
Judiciales - La
Cámara Nacional de Casación Penal absolvió este jueves al senador nacional
Carlos Saúl Menem en la causa por la venta de armas a Ecuador y Croacia, por la
cual el exmandatario había sido condenado hace cuatro años. La razón de la
absolución fue la demora en la que admite haber incurrido aquella misma Cámara
en expedirse en torno a la sentencia apelada, considerándola en consecuencia
prescripta.
La causa se inició en el año 1995, con el fiscal Carlos
Stornelli como fiscal, y en el marco de la misma el riojano llegó a estar
preso. Fue allá por el año 2001, y su detención -en una quinta de Don Torcuato-
se extendió a solo 5 meses, cuando la Corte Suprema de Justicia -la misma que
supo ser considerada como la de “la mayoría automática”- consideró que no
estaba probada la asociación ilícita.
La venta ilegal de armamento a Ecuador fue en el marco del
enfrentamiento que ese país tuvo con su vecino Perú, siendo Argentina uno de
los cuatro garantes oficiales del Tratado de Río de Janeiro. En el caso de la
venta a Croacia, los envíos se iniciaron en 1991 y se extendieron hasta 1995, y
se acusó a Menem de haber firmado tres decretos secretos. En los primeros dos
decretos figuraba como destino Panamá, mientras que en el tercero aparecía
Venezuela. Ninguno de los dos habían comprado armamento a la Argentina, y de
hecho el primero no tenía ejército.
El 13 de septiembre de 2011 el Tribunal Oral en lo Penal
Económico 3 de esta Ciudad absolvió a los acusados, pero el 8 de marzo de 2013
la Sala I de la Cámara de Casación revocó esos fallos y condenó al exmandatario
como coautor de contrabando agravado, fijándole el 14 de junio de ese mismo año
la pena de 7 años de prisión, que el exmandatario apeló.
Ahora, los integrantes del tribunal de alzada compuesto por
Liliana Catucci, Carlos Mahiques y Eduardo Riggi resolvieron absolver al actual
senador nacional al considerar cumplido el “principio del plazo razonable” para
una condena firme, luego de que pasaran 23 años del inicio del juicio.
Informe: Agencias
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