“El derecho argentino
determina la existencia de persona humana desde la concepción”, dijo el Colegio
de Abogados
de CABA.
Nacionales - Desde
el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires salieron al cruce de los
proyectos de ley de interrupción voluntaria del embarazo, advirtiendo que los
mismos “no superan el test constitucional”.
En este sentido, señalan que “nadie puede desconocer que el
derecho argentino determina la existencia de persona humana desde el momento
mismo de la concepción. La legislación vigente no deja duda al respecto”, y
recuerdan que así lo establece la Convención sobre Derechos del Niño, la cual
dispone: “se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su
concepción y hasta los dieciocho años de edad”.
“De allí que, a la persona humana, desde la concepción
misma, le resulten aplicables la totalidad de las normas que, tanto en nuestro
derecho interno como en los tratados internacionales sobre derechos humanos,
protegen la vida”, manifiestan al respecto.
En línea con lo expuesto, advierten que el artículo 75, inc.
23 de la Constitución Nacional, impone al Congreso la obligación de legislar
“en protección del niño… desde el embarazo”.
Podrá distinguirse entre personas ya nacidas y personas por
nacer, “pero ese dato biológico es irrelevante desde el punto de vista
jurídico, pues conforme nuestro ordenamiento jurídico supremo, y también
conforme lo dispone el nuevo Código Civil y Comercial en su artículo 19, ambas
son personas humanas y, como tales, tienen derecho a la vida”.
Desde el Colegio de Abogados concluyen entonces que, más
allá de la opinión personal sobre este tema, “es importante” advertir la
importancia de respetar los procedimientos legales necesarios para modificar
las disposiciones de raíz constitucional, “de modo de evitar precedentes que
puedan ser utilizados en futuro para debilitar el sistema democrático y
republicano fijado en nuestra Constitución”.
Informe:
Parlamentario.com
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