Algunas de las penas
superan los 9 años para integrantes
de esta organización que “incita al odio,
la discriminación
y la violencia racial”.
Integrantes de una organización neonazi durante el juicio en el que fueron condenados con duras penas por su ideología de odio. (Foto/La Capital) |
Judiciales - El
Tribunal Federal N°1 de Mar del Plata realizó un falló histórico al condenar
con penas de hasta 9 años y 6 meses de prisión a siete jóvenes por cometer
violentos ataques basados en consignas de ideología nazi, de odio,
discriminación y superioridad racial.
Los jueces Roberto Falcone, Mario Portela y Bernardo Bibel
resolvieron de manera unánime aplicar una pena de 9 años y 6 meses a Oleksandr
Levchenko (23); 9 años a Alan Olea (29) y a Gonzalo Paniagua (26); 8 años y 6
meses a Nicolás Caputo (30); 5 años y 6 meses a Giuliano Spagnolo (21); 4 años y
6 meses a Franco Pozas (28) y 2 años de tratamiento tutelar a Marcos Caputo
(19).
En tanto, Giardono Spagnolo (23) fue absuelto al no quedar
comprobada su participación en la agrupación de bandera neonazi y no haber
estado involucrado en los hechos ocurridos contra personas de la comunidad
trans, defensores de la igualdad de género y militantes políticos y sociales
entre octubre de 2013 y febrero de 2016.
Levechenko, Olea, Paniagua, Nicolás Caputo -que habían
llegado al juicio con arresto domiciliario- y Giuliano Spagnolo quedaron
detenidos tras leerse la sentencia, y quedarán alojados en la dependencia de la
Policía Federal de Mar del Plata hasta poder ser trasladados a la Unidad Penal
28 de Capital Federal.
Cabe destacar, que el fiscal Juan Manuel Pettigiani, en su
alegato, había pedido penas considerablemente menores: 3 años de prisión para
Nicolás Caputo, 2 años y 6 meses para Gonzalo Paniagua, un año y 6 meses para
Oleksandr Levchenko, y diez meses para Alan Olea y Franco Martín Pozas. Además,
había solicitado que los hermanos Giuliano y Giordano Spagnolo fueran absueltos
y que Marcos Caputo realizara un curso sobre Derechos Humanos.
Por su parte, las querellas -representadas por la DAIA y el
abogado César Sivo-, desde un primer momento habían considerado que estaba
probada la existencia de una organización nazi y habían solicitado condenas de
hasta 15 años de prisión.
Los argumentos del
fallo
Este juicio significa la primera condena a un grupo que en
democracia realizó violentos ataques motivados en la intolerancia y el odio de
la ideología nazi.
Si bien la lectura completa de la sentencia se hará el
próximo 10 de mayo, el presidente del Tribunal, Roberto Falcone, dio los
principales argumentos para entender cómo llegaron a esta conclusión.
Falcone criticó a la tarea del fiscal Juan Manuel
Pettigiani, quien en su alegato no consideró que estaba probada la existencia
de una agrupación criminal amparada en la ideología nazi y remarcó que tanto
las golpizas, las amenazas, como los ataques adhieren a “un plan común” en el
que, claramente, los condenados se sienten identificados y forman parte.
Para el presidente del Tribunal Oral Federal N°1, durante el
debate oral la defensa y la fiscalía presentaron “un falso escenario”, en el
que situaron estos delitos de odio como una confrontación entre tribus urbaaos
por la disputa del espacio público.
“La interpretación del fiscal es errónea. Los delitos
realizados por los acusados incitan al odio, a la discriminación, la violencia,
todos estos sentimientos destructivos del orden social y democráticos”,
consideró el juez.
“Son delitos que incitan al odio, a la violencia. Son
delitos peligrosos para para la sociedad, que envenenan el clima social y ponen
en peligro el sistema de convivencia”, expresó Falcone, quien destacó que las
víctimas no fueron elegidas al azar, sino por ser parte de colectivos
vulnerables y minoritarios.
“El derecho jamás puede tratar al odio con benevolencia. En
este sentido la incitación al odio hacia determinados grupos definidos crea un
peligro cierto de generar un clima de violencia u hostilidad”, remarcó Falcone.
El juez explicó que el Estado “castiga a los intervinientes
en este tipo de agrupaciones, porque si se espera que los integrantes de estas
agrupaciones pasen a la acción el Derecho Penal llega demasiado tarde”.
“Debemos interpretar estos delitos en el contexto social
actual. En este contexto se denominan delitos de pertenencia, de status”, dijo
Falcone y, ante esta situación es que aseguró que “la organización ya supone
una amenaza a la sociedad normativa”.
“La pertenencia a la organización se castiga con
independencia a los hechos que se puedan cometer en el futuro”, explicó antes
de dar a conocer las condenas.
Las condenas una por
una
Oleksandr Levchenko: fue condenado a 9 años y 6 meses de prisión
por formar parte en una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las
ajenas por la fuerza o el temor, en concurso ideal por pertenecer a una
organización y realizar propaganda basada en teorías o ideas de superioridad de
una raza, religión o grupo étnico, en concurso real con lesiones graves y
lesiones leves, ambos agravados por haber sido cometido por el concurso
premeditado por dos o más personas, daños, amenazas, todos agravados por haber
sido cometidos por odio
Alan Olea: fue condenado a 9 años de prisión por ser
considerado el organizador de una agrupación destinada a imponer sus ideas y
combatir las ajenas por la fuerza o el temor, en concurso ideal por pertenecer
a una organización y realizar propaganda basada en teorías o ideas de superioridad
de una raza, religión o grupo étnico, en concurso real con lesiones graves,
lesiones leves, amenazas, todos ellos agravados por haber sido cometidos con
persecución, odio, a una raza.
Gonzalo Paniagua: fue condenado a 9 años de prisión por ser considerado
el otro organizador de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir
las ajenas por la fuerza o el temor, en concurso ideal por pertenecer a una
organización y realizar propaganda basada en teorías o ideas de superioridad de
una raza, religión o grupo étnico, en concurso real con lesiones graves,
lesiones leves, amenazas, daños, todos ellos agravados por haber sido cometidos
con persecución, odio, a una raza.
Nicolás Caputo: fue condenado a 8 años y 6 meses de prisión por
formar parte de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las
ajenas por la fuerza o el temor, en concurso ideal por pertenecer a una
organización y realizar propaganda basada en teorías o ideas de superioridad de
una raza, religión o grupo étnico, en concurso real con lesiones graves,
lesiones leves, amenazas, daños, todos ellos agravados por haber sido cometidos
con persecución, odio, a una raza.
Giuliano Spagnolo: fue condenado a 5 años y 6 meses por formar
parte de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por
la fuerza o el temor, en concurso ideal por pertenecer a una organización y
realizar propaganda basada en teorías o ideas de superioridad de una raza,
religión o grupo étnico, en concurso real con lesiones leves, daños, todos
ellos agravados por haber sido cometidos con persecución, odio, a una raza.
Franco Pozas: fue condenado a 4 años y 6 meses por formar parte
de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la
fuerza o el temor, en concurso ideal por pertenecer a una organización y
realizar propaganda basada en teorías o ideas de superioridad de una raza,
religión o grupo étnico, en concurso real con amenazas agravados por haber sido
cometidos con persecución, odio, a una raza.
Marcos Caputo: fue condenado a someterse a dos años de un
tratamiento por ser Responsabilidad legal por formar parte de una agrupación
destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor,
en concurso ideal por pertenecer a una organización y realizar propaganda
basada en teorías o ideas de superioridad de una raza, religión o grupo étnico,
en concurso real con lesiones graves por haber sido cometidos con persecución,
odio, a una raza.
Informe: La Capital
(Mar del Plata)
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