Por Olivia Sohr
Cuando los jueces investigan ciertos delitos se encuentran
con autos, armas y propiedades, entre otras cosas. Ellos son quienes deciden
qué se hace con estos bienes, pero es difícil saber hoy cuántos son y qué tipo
de uso se les da.
Los dos aviones del empresario Lázaro Báez que hoy manejan
Aviación Civil y el Ministerio de Seguridad de la Nación; el yate del ex
secretario de Transporte Ricardo Jaime, que se convirtió en una “embarcación
recuperada de la corrupción” de Prefectura Naval; y los 46 vehículos de ex
funcionarios que pasaron a control estatal, entre ellos uno de la ex presidenta
Cristina Fernández de Kirchner, son sólo algunos de los bienes que fueron
confiscados por la Justicia desde 2011 e incluyen a más de mil autos y 300
armas, de acuerdo con el Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados
(RNBSD). Pero, ¿qué hace la Justicia con estos bienes?
Cuando la Justicia investiga algunos delitos -como dádivas,
cohecho, enriquecimiento ilícito o lavado de dinero- se encuentra con autos,
armas, propiedades y, a veces, hasta con aviones y buques que fueron usados
para delinquir o fueron comprados producto de los delitos cometidos. En esos
casos, durante el proceso, los jueces pueden secuestrar los bienes y disponer
de ellos hasta que se resuelva la causa. En caso de condena, los bienes pueden
ser decomisados definitivamente y pasar a manos del Estado.
En causas particulares, como el caso de delitos de lavado de
dinero en el que se prueba el origen ilegal de los bienes, gracias a una ley de
2011 puede haber decomisos definitivos sin que haya condena. Es el caso, por
ejemplo, de la valija del venezolano Antonini Wilson con casi US$800 mil que
nadie reclamó, y que el Poder Ejecutivo Nacional definió que se utilizaran para
centros de primera infancia a cargo del Ministerio de Desarrollo Social de la
Nación.
Esto cambiaría si se aprobara la ley de extinción de dominio
que tiene media sanción en el Congreso, que permitiría que puedan recuperarse
más bienes que los que se decomisan actualmente durante los procesos penales.
El registro
En 2011, la Argentina creó el Registro Nacional de Bienes
Secuestrados y Decomisados (RNBSD) por recomendación del Grupo de Acción
Financiera Internacional (GAFI), con el objetivo de registrar los bienes que se
secuestran y así poder darles seguimiento. Estos datos fueron publicados como
parte del acuerdo entre el Gobierno nacional y las organizaciones civiles en el
marco del tercer Plan de Gobierno Abierto, y surgieron por un pedido del Centro
de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE).
De acuerdo con este registro, actualmente hay 1.047 autos,
375 armas, 244 inmuebles, tres buques y tres aviones incautados por la Justicia
federal, entre otras cosas.
Sin embargo, el registro está lejos de ser completo. Aunque
todos los bienes deberían quedar asentados en esta base, “la negativa de la
Justicia de proporcionar toda la información impide saber con exactitud cuántos
bienes están hoy secuestrados o decomisados”, explicó a Chequeado Agustín
Carrara, director ejecutivo del CIPCE.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en 2013, emitió
una acordada por la cual creó su propia base de datos, y señaló a los jueces
que esta información la deberían “elevar únicamente a esta Corte”. Esto
implicó, de acuerdo con los especialistas, que haya casos de secuestros y
decomisos que no son informados al Poder Ejecutivo y, por lo tanto, no están
registrados en la base que lleva el Ministerio de Justicia de la Nación.
Qué pasa con los
bienes
Los bienes que la Justicia secuestra tienen que
administrarse según la Ley 20.785, la cual establece que el dinero debe
depositarse en el Banco Nación, los que pueden devaluarse deben subastarse, las
armas de fuego entregarse al Ejército y así con los diferentes tipos de bienes.
Sin embargo, esto no siempre se cumple.
“En el caso de los autos secuestrados, el Congreso votó en
2008 una ley para que a los seis meses se destruyeran. Sin embargo, la Corte
dictó una acordada en la que decidió que sólo se tenían que destruir los autos
en mal estado. El resto, la Corte los puede repartir entre los jueces de forma
discrecional”, explicó a a este medio Natalia Volosin, abogada especializada en
temas de corrupción y máster en Derecho de la Universidad de Yale (Estados
Unidos).
En ese sentido, Carrara señaló que “si uno rastrea todas las
decisiones en la página de la Corte Suprema, entre 2004 y 2015 hay alrededor de
200 autos secuestrados que se adjudicaron para uso transitorio de la Corte”.
Cada juez decide cuándo se debe secuestrar o decomisar un
bien. Hay algunos delitos en los que estos bienes tienen que usarse para un fin
específico: en los casos de trata de personas deben ir a un fondo de asistencia
a las víctimas de este delito; y en los de lavado de dinero a la Unidad de
Información Financiera (UIF).
En las causas de narcotráfico, los fondos deben destinarse a
la lucha contra las drogas, a través de una comisión mixta compuesta por la
Corte Suprema y la Sedronar (hoy Secretaría de Políticas Integrales sobre
Drogas, pero sus siglas vienen del nombre anterior, Secretaría de Programación
para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico). Sin
embargo, un informe de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) señala
que, “lamentablemente, los registros que lleva la comisión mixta son en su
mayoría manuales y no cuentan con una información detallada de los bienes que
le compete administrar. Esto obedece, en muchos casos, a que los organismos
jurisdiccionales no reportan toda la información de los bienes decomisados”.
En muchos otros casos no hay un destino específico para los
fondos decomisados y es la Justicia la que decide su destino. La autarquía
judicial definida por la Ley 23.853 es la que utiliza la Corte para argumentar
que los bienes deben quedar en manos de la Justicia.
Uno de los casos de bienes secuestrados más famosos fue el
del petit hotel de la ex secretaria de Medio Ambiente de la Nación, María Julia
Alsogaray, en el que los fondos de su remate fueron para la Corte Suprema. El
CIPCE había pedido que se les diera un destino social y se los transfiriera al
Hospital Garrahan. Sin embargo, la Corte resolvió que esto atentaba contra la
autarquía judicial.
Cómo se administran
Además del destino y la transparencia de la administración
de los bienes, “hay también un problema de eficiencia”, evaluó Carrara. Cuando
se trata de bienes que fueron secuestrados durante el proceso, si la persona no
es declarada culpable deben ser devueltos a su propietario. En ese caso, muchos
de los bienes se devuelven deteriorados por el paso del tiempo y la falta de
mantención.
“En general, lo que se hace a nivel internacional es tasar
el bien, venderlo y luego depositar esos fondos para que generen un interés. Si
la persona es declarada inocente se le devuelve el dinero”, comparó Volosin.
En la Argentina, “no existe un organismo especializado en la
administración de los bienes incautados a fin de que se los gestione de manera
eficiente y rentable. Esta tarea se encuentra a cargo de cada juez, con la
insuficiencia profesional y las dificultades prácticas que ello acarrea”,
concluye el informe de la Procunar.
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