martes, 26 de diciembre de 2017

“LA MUERTE DE NISMAN NO FUE SUICIDIO”

El juez Julián Ercolini procesó a Diego Lagomarsino como partícipe necesario del asesinato del exfiscal.

El juez Julián Ercolini afirmó que la muerte del exfiscal Alberto Nisman,
"no obedeció a un suicidio". 
Judiciales - El juez federal Julián Ercolini procesó al técnico en informática Diego Lagomarsino como partícipe necesario del asesinato del fiscal especial de la causa AMIA, Alberto Nisman.

En su fallo, Ercolini afirmó que la muerte del fiscal, ocurrida en enero de 2015, "no obedeció a un suicidio".

Lagomarsino, quien asesoraba a Nisman en temas informáticos, reconoció en más de una oportunidad ser el dueño del arma de la que salió el disparo que mató al fiscal, aunque siempre sostuvo que el investigador se la había pedido prestada un día antes de aparecer muerto.

En simultáneo, el juez federal Claudio Bonadío dejó más cerca del juicio oral a Cristina Kirchner por el encubrimiento de Irán, luego de habilitar la feria judicial y estableció que las partes del caso Amia se expidan a partir del 10 de enero.

Horas antes del fallo, en declaraciones a América, Lagomarsino había dicho que tiene "terror de que se cometa una injusticia", en referencia a la posibilidad de que se le dicte prisión preventiva, al tiempo que sostuvo que el ex fiscal lo metió "en un quilombo". "Nisman me cagó la vida", aseguró.

 En un fallo de 656 páginas, Ercolini le trabó a Lagomarsino un embargo de 15 millones de pesos, le prohibió salir del país y, aunque no le dictó la prisión preventiva, dispuso que sus desplazamientos sean controlados mediante una tobillera con GPS.

El supuesto experto en informática no podrá alejarse de su domicilio declarado por más de 24 horas ni más de 10 kilómetros sin autorización del juez y deberá comparecer al juzgado cada 15 días. 

El magistrado también procesó a 4 custodios de Nisman a los que acusó de haber cometido el delito de "incumplimiento de los deberes de funcionario público" por desproteger al fiscal del caso AMIA.

A los policías federales Rubén Benítez, Luis Miño y Armando Niz, el juez los procesó como coautores del delito de "incumplimiento de los deberes de funcionario público" y de "encubrimiento agravado" por "tratarse de un hecho precedente a un delito grave".

A todos les trabó embargos de 500 mil pesos, les prohibió salir del país y les fijó la obligación de presentarse en ante el juzgado federal 10 cada 15 días. En tanto, al custodio Néstor Durán el juez le trabó un embargo por 50 mil pesos de embargo y lo procesó solo por "incumplimiento de los deberes de funcionario público".

El fallo

En el fallo, Ercolini se refirió al suceso directamente como "El homicidio de Nisman" y determinó que  más allá de las lesiones cráneo encefálicas y la hemorragia propias del disparo en la cabeza del que fue objeto Nisman, "lo cierto es que se observaron distintas lesiones en su cuerpo que según los profesionales de Gendarmería Nacional Argentina, podrían ser compatibles con las maniobras de reducción de la víctima por parte del o los autores que le causaran su muerte cuyo objeto era el de asegurar el resultado fatal".

Basándose en las pericias de Gendarmería, el juez aseguró que la alfombra del baño en el que fue encontrado Nisman, por la posición en la que fue hallada en el suelo con las piernas y pies de la víctima sobre ella y con manchas de sangre, particularmente de forma casi estirada y no centrada en el lugar, "es demostrativa de la presencia de terceras personas en la escena del crimen y de su participación en el hecho".  "Esto es así, toda vez que de haberse tratado de un disparo autoinfligido y en soledad, la caída del cuerpo al suelo la habría movido del lugar, arrugado y/o plegado, hallándose en un sitio y/o posición distinta y posiblemente de forma desprolija o irregular", afirmó Ercolini.

"Explicaron los expertos que los autores materiales del hecho habrían asistido la caída del cuerpo, acomodándolo en el suelo al igual que lo hicieron con la alfombra allí ubicada, lo que realizaron para intentar disimular un suicidio o hacer la escena del suceso confusa, conclusiones con las que concuerdan, en su mayoría, con las de las querellas", agrega el juez.

Ercolini sostuvo que la participación de Lagomarsino estuvo principalmente vinculada a la introducción de un "arma amiga" en el departamento que Nisman habitaba en una torre del exclusivo complejo Le Parc de Puerto Madero.

Lagomarsino, quien asesoraba a Nisman en temas informáticos, reconoció en más de una oportunidad ser el dueño del arma de la que salió el disparo que mató al fiscal, aunque siempre sostuvo que el juez se la había pedido prestada.

"Para diseñar el plan que tenía como objetivo quitarle la vida a Nisman, era necesario que alguna persona de su confianza concurriera a visitarlo, lograra ingresar y recolectara información de importancia sin despertar sospechas, ya que Nisman se encontraba hasta con las cortinas de su departamento cerradas en esos días, posiblemente para restringir el acceso a las labores que se encontraba realizando ", asegura el fallo.

"Por ello, debido al hermetismo con el que se manejó el Fiscal durante ese fin de semana, la colecta de información en cuestión solo podía conseguirla alguien que fuese de su más cercano entorno. Así, la relación que Nisman y Lagomarsino mantenían lo habilitó a ingresar el 17 de enero de 2015 a la vivienda del Fiscal en dos oportunidades, que cuanto menos habría servido para el reconocimiento del sitio y de la situación en la que se encontraba en Fiscal, sin despertar sospechas", indicó el juez. 

Informe: LPO

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