Por Mariano Narodowski (*) |
Comenzamos a transitar la Argentina del fin de la grieta:
los bordes se multiplican. Es el momento más difícil y se precisa la mirada más
constructiva e inteligente allí donde la grieta ordenaba a los medios, a las
instituciones y a la política.
En este escenario, ¿cómo salir de la parálisis educacional?
¿Cómo superar el estancamiento que se evidencia en todas las mediciones
internacionales, en las que países que han organizado su educación 50 años
después e inspirándose en nuestro sistema educativo presentan indicadores de
inclusión educativa y de calidad muy superiores a los argentinos?
La peor respuesta es comenzar de cero y refundarlo todo en
el país del siempre empezar. Ya hemos vivido esta situación en los años 90, con
un intento fallido de reingeniería del sistema educativo, y también en los años
dos mil, cuando se derogó la ley federal de educación para refundar, una vez
más, una oportunidad que se creía original y no fue más que la repetición de
los errores del pasado. La propuesta de una universidad pedagógica en la ciudad
de Buenos Aires será una prueba de madurez sobre esta combinación de lo nuevo
constructivo y lo viejo valorable.
Es que la estructura de las escuelas sigue siendo la de las
primeras décadas del siglo XX y la organización laboral docente es de 1958: el
año que viene cumplirá 60 años una norma que muestra signos irremediables de
agotamiento. Ambas son pilares de un sistema educativo piramidal y jerárquico,
donde voces propias de la administración militar como "la
superioridad" o "el orden jerárquico preestablecido" expresan
rigidez y autoritarismo. Donde la innovación por la que claman nuestros gurús
educativos sólo puede ser una excepción a la regla. Un sistema en el que nadie
se hace cargo: la responsabilidad por los resultados es un valor ausente.
¿Cómo articular lo nuevo con lo mejor de lo viejo? ¿Cómo
trascender la grieta?
Cuanto más releo la ley de educación nacional de 2006 (LEN),
más me convenzo de que, aun con todos sus subterfugios y limitaciones,
tranquilamente podría ser el marco legal para una inmediata mejora educativa
posgrieta. Un punto de partida que sea a la vez una continuidad.
Es cierto que esa ley tiene enormes problemas, desde su
redacción hasta la estipulación de institutos de cuestionable apego a la
Constitución, como un consejo de ministros de educación que por mayoría puede
disponer sobre las escuelas de todo el país. O el fatídico artículo 97, que
limita el derecho a la información de las familias sobre los resultados de la
escuela de sus hijos en las evaluaciones Aprender.
Sin embargo, una actitud desprejuiciada, técnicamente
precisa y muy constructiva es lo que requiere la educación posgrieta.
Analizando la LEN con su mejor luz, es posible comenzar a solucionar hoy mismo
buena parte de los problemas sobre los que hay un consenso amplio, un piso de
coincidencias.
Lo que trato de mostrar es que la base legal para avanzar en
un nuevo esquema educativo ya está en la vieja legislación. Sólo falta la
voluntad política para concretar esos consensos y ponerlos en práctica.
La organización de la educación por provincias, en la que
cada una administra su propio sistema, puede complicar; pero es lo que manda la
Constitución desde 1853. Y la Argentina no es única: desde Canadá hasta Brasil,
los países han resuelto la tensión entre la nación y las provincias como lo
especifica la LEN en su artículo 113: responsabilidad concurrente y concertada.
La LEN establece de hecho la modificación de los estatutos
del docente que de modo muy similar rigen en las 24 provincias. En su artículo
69 determina una nueva carrera con dos opciones: quienes se desempeñan en el
aula y quienes desempeñan funciones directivas y de supervisión. Este esquema
legal, que está vigente pero no se cumple, mejoraría lo dispuesto por los
estatutos docentes por los cuales hoy aquel maestro que quiere ser sólo maestro
y no director no tiene cómo ascender y no tiene más bonificaciones salariales
que la antigüedad: el más perverso y especulativo beneficio que sólo premia el
paso del tiempo. A la primacía de la antigüedad, la LEN brinda una respuesta
madura: la formación continua será -dice- una de las dimensiones para el
ascenso en la carrera profesional docente, aunque no descarta reconocer la
innovación, el compromiso social, la calidad del intento pedagógico y otras
variables tan relevantes como ignoradas por las leyes provinciales actuales.
Respecto de la actual incorporación de los docentes a las
escuelas -por la que el maestro docente elige la escuela en la que va a
desempeñarse, pero sus directivos no tienen arte ni parte en la conformación
del equipo docente-, la LEN tiene también una propuesta: su artículo 83
establece que los educadores de mayor experiencia y calificación deben
desempeñarse en las escuelas que se encuentran en situación más desfavorable,
lo que mejora mucho los estatutos del docente. Esto hay que aplicarlo ya:
beneficiaría a los alumnos de mayor vulnerabilidad socioeconómica y sentaría
las bases de la responsabilidad por los resultados, propia de escuelas
autónomas y reflexivas. Esto se completa con el artículo 85, en el que se exige
a los gobiernos estimular la innovación y experimentación educativa.
Es verdad que respecto de la necesaria autonomía escolar, la
LEN es muy amarreta, con muchos subterfugios para eludirla: ni siquiera
menciona a los directivos escolares como encargados del funcionamiento de cada
institución. Pero en muchos artículos alude a la existencia del "proyecto
educativo institucional" que debe ser elaborado y respetado por la
comunidad educativa. Una atinada reglamentación hoy mismo puede hacer operativo
el proyecto escuela, brindando un mayor margen de maniobra para la toma de decisiones
y herramientas de evaluación y autoevaluación escolar.
La evaluación educativa en la LEN es poco ambiciosa pero
razonable. En su artículo 94 se establece que el gobierno debe implementar una
política de información y evaluación continua y periódica del sistema educativo
para poder tomar decisiones que mejoren la calidad de la educación aplicando
criterios justos en la asignación de recursos. O sea, la ley obliga al Estado a
evaluar para tomar decisiones políticas y para asignar recursos; una racionalidad
de la que hoy carecemos. Con esos pequeños pasos ya habremos avanzado muchísimo
en una asignación de recursos menos burocratizada y pro equidad.
El artículo 98 crea el Consejo Nacional de Calidad de la
Educación, que institucionaliza el asesoramiento por parte de organismos y
personas especializadas e interesadas en la cuestión, y que jamás fue
convocado, salvo un corto período en 2008. Este consejo sería una herramienta
poderosa de consenso, al menos hasta que el Senado le dé la media sanción que falta
a la creación del Instituto Nacional de Evaluación de la Calidad y la Equidad
Educativas, un instrumento central que propuse hace ya 20 años.
Reconozco que las propuestas son modestas. Pero son
alcanzables hoy mismo a través de una ley de ayer nomás. Los postulados
grandilocuentes de reformas educativas fracasaron. Algún plan ni siquiera
superó la puerta del Ministerio de Educación. Probemos con estas pequeñas
epopeyas y cambiemos. Revirtamos el declive educacional argentino.
(*) Profesor de la Universidad Torcuato Di Tella, miembro de Pansophia
Project
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