El massismo presentó
un proyecto para que mayores de 14 sean punibles por delitos de acción pública
reprimidos con penas privativas de la libertad.
Sergio Massa y Graciela Camaño presentaron un proyecto para bajar edad de imputabilidad de menores. |
Nacionales - El
Frente Renovador presentó un proyecto de ley para crear un nuevo Régimen
Integral de Responsabilidad Penal Juvenil. La iniciativa busca exigir la
responsabilidad de jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años por la
comisión de hechos tipificados como delitos en el Código Penal.
La ley es de orden público y en caso de ser aprobada será
aplicable en todo el territorio nacional.
Según el proyecto “los jóvenes de 14 años de edad o más, que
no hayan cumplido 18 años, serán punibles de todos los delitos de acción
pública reprimidos con penas privativas de la libertad”
“Los jóvenes a los que se aplique la presente ley gozarán de
todas las garantías previstas en la Constitución, así como en la Convención
sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y en todas aquellas
normas sobre protección de menores contenidas en los tratados ratificados por
la Nación argentina”, añade la iniciativa.
El proceso penal juvenil tendrá como objetivo establecer la
existencia del delito, determinar quién es su autor, determinador o partícipe y
ordenar la aplicación de las medidas que correspondan. Asimismo, buscará el
amparo de la víctima y la protección de la seguridad pública
El proceso penal es acusatorio y regirán en lo pertinente
las disposiciones del Código de Procesal Penal de la Nación. Las audiencias y
vistas de causa serán orales bajo pena de nulidad y se practicarán con la
presencia obligatoria de todas las partes. La víctima deberá ser notificada de
las audiencias. Los jóvenes tienen derecho a ser oídos en cualquier etapa del proceso,
a peticionar, a expresar sus opiniones y a que éstas se tengan en cuenta en las
decisiones que afecten o hagan a sus derechos, considerando su desarrollo
psicofísico. El juez interviniente garantizará debidamente el ejercicio de este
derecho.
Según el proyecto presentados por los diputados Graciela
Camaño y Sergio Massa, “todo proceso que tramite ante el Fuero de
Responsabilidad Penal Juvenil, tendrá carácter reservado y queda prohibida la
difusión periodística de la identidad de los Se consideran como informaciones
referidas a la identidad: el nombre, apodo, filiación, parentesco, residencia y
cualquier otra forma que permita su identificación”.
El Ministerio Fiscal velará en todo momento por la
protección de los derechos de las víctimas y de los perjudicados por las
infracciones cometidas por los jóvenes. De manera inmediata se les instruirá de
las medidas de asistencia a las víctimas que prevé la legislación vigente.
En consonancia con la legislación de Chile, Colombia,
Paraguay, Perú, Bolivia y Venezuela se fija un régimen de responsabilidad penal
juvenil a partir de los 14 años de edad.
Dos ejes principales motivan el nuevo ordenamiento
presentado por Camaño y Massa: la determinación de la edad a partir de la cual
un joven comprende que su accionar es disvalioso; y cuál es la batería de
respuestas integrales que el Estado debe desplegar cuando el joven entra en
conflicto con la ley penal.
Junto a la protección integral de los derechos del joven,
también se establece como fin del proceso “el amparo de la víctima y la
protección de la sociedad”. Se responsabiliza a padres y/o tutores por los
hechos cometidos por los jóvenes con multas de hasta 10 millones de pesos.
También se establece una batería integral de respuestas para
los jóvenes que entran en conflicto con la ley penal:
⦁ Restaurativas: prestaciones en Beneficio a la
Comunidad y reparación a la víctima por el daño causado.
⦁ Educativas: obligación de asistir con regularidad al
centro educacional correspondiente si el joven está en edad de escolarización
obligatoria.
⦁ Formativas: obligación de someterse a programas de
tipo formativo, cultural, educativo, profesional, laboral, de educación sexual,
de educación vial u otros similares.
⦁ Restrictivas de derechos: prohibición de acudir a
determinados lugares, establecimientos o espectáculos, prohibición de
ausentarse del lugar de residencia sin autorización y la de aproximarse o
comunicarse con la víctima o con sus familiares o las personas que determine el
Juez.
⦁ Terapéuticas: la obligación de someterse y asistir a
un régimen adecuado para el tratamiento de su afectación o alteración psíquica,
adicción al consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, sustancias
psicotrópicas o similares. Pueden ser ambulatorias o bajo el régimen de
internamiento en centro especializado.
⦁ Internamiento en centro especializado: según la
gravedad del hecho la modalidad del mismo, las necesidades de tratamiento que
requiera el joven o la salvaguarda de la sociedad y la víctima se establecen
dos modalidades.
⦁ Internamiento en régimen cerrado: el joven sometido a
esta medida residirá en el centro y desarrollará obligatoriamente en el mismo
las actividades formativas, educativas, laborales y de esparcimiento. Esta
medida se aplicará en los casos graves como: homicidio, violación, secuestro,
robo con armas, entre otros.
⦁ Internamiento en régimen abierto: los jóvenes
sometidos a esta medida residirán en el centro, pero podrán realizar fuera del
mismo alguna o algunas de las actividades formativas, educativas, laborales y
de esparcimiento establecidas en el programa individualizado de ejecución de la
medida.
⦁ Seguimiento y Control post internación de hasta 2 años
de duración para los jóvenes encontrados responsables.
⦁ Se remite a los delitos y al monto de las penas
establecidas para los adultos, a los efectos de determinar las respuestas
integrales previstas en el nuevo régimen.
⦁ Reincidencia: Se conservan los antecedentes juveniles
al alcanzarse la mayoría de edad, a los efectos de la reincidencia.
⦁ Internamiento preventivo durante el proceso de hasta 2
años para el caso de delitos con pena prevista mayor a 6 años de prisión.
⦁ Se establece la figura del arrepentido con la
posibilidad de que el fiscal no construya acusación o reduzca su pretensión a
cambio de información eficaz que permita desbaratar bandas o revelar delitos
gravosos en los que el joven ha participado.
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