Los días 16, 17, 30 y
31 de agosto se realizarán las exposiciones ante la Corte Suprema de Justicia.
Transmisión en directo.
Salta - La Corte
Suprema de Justicia de la Nación realizará los días 16, 17, 30 y 31 de agosto
una audiencia pública informativa en el marco de la causa “Castillo, Carina
Viviana y otros c/ Provincia de Salta – Ministerio de Educación de la Prov. de
Salta s/ amparo” en la que participarán también Amigos del Tribunal que se
presentaron en autos conforme la convocatoria oportunamente efectuada.
Se trata de un amparo colectivo iniciado por una asociación
civil (ADC) y un grupo de madres de menores que concurren a la escuela pública
de Salta contra el Estado Provincial -Ministerio de Educación de Salta-, con el
objeto de que se declare la inconstitucionalidad de las normas locales que disponen
que la enseñanza religiosa integre el plan de estudio y se imparta dentro del
horario de clase.
Los actores sostienen que las normas, del modo en que son
aplicadas, imponen la religión católica como enseñanza obligatoria en las
escuelas públicas y el adoctrinamiento de menores cuyos padres poseen otras
creencias.
La Corte de Justicia de Salta confirmó la declaración de
constitucionalidad de las normas. No obstante, dispuso que se arbitre un
programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión
católica durante el horario escolar y que los usos religiosos -como los rezos
al comienzo de las jornadas, la colocación de oraciones en los cuadernos y la
bendición de la mesa- tengan lugar únicamente durante la clase de educación
religiosa.
La parte actora recurre ante la Corte Suprema de la Nación
para que declare la inconstitucionalidad de las normas, alegando que su
aplicación trae aparejadas prácticas que lesionan los derechos constitucionales
a la libertad de religión y de conciencia, a la igualdad, a la no
discriminación y a la intimidad.
Cabe recordar que los demandantes presentaron en 2010 un
recurso de amparo en contra de la enseñanza religiosa, para que deje de ser una
asignatura del plan de estudios y que los niños no deban rezar ni asistir a
misa en la escuela. En 2012, el juez de Salta Marcelo Domínguez había ordenado
a la Provincia garantizar que los niños no se vean obligados a participar de
prácticas católicas en clase y que los programas incluyan contenidos de todos
los credos.
Pero en 2013, la Corte de Justicia salteña consideró que la
educación confesional es constitucional y que los niños pueden rezar o ir a
misa como parte de la jornada escolar siempre que sea dentro del horario de
catequesis.
Las familias demandantes apelaron entonces la sentencia y el
caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que requirió un
dictamen de la Procuración General de la Nación, que opinó que la enseñanza
católica es "discriminatoria" y "lesiona la libertad de
culto".
La ley nacional 1420, promulgada el 8 de julio de 1884,
durante el gobierno del Presidente Julio Argentino Roca y con Domingo Faustino
Sarmiento en el cargo de Superintendente General de Escuelas, estableció la
enseñanza laica, obligatoria y gratuita, en todo el país.
Sin embargo, la Comisión Bicameral del Digesto Jurídico
Argentino revisó esta ley en 2012 y la entonces mayoría kirchnerista hizo lugar
al lobby eclesiástico y eliminó ese artículo de laicidad de fines del siglo 19,
por entender que estaba derogada por normas subsiguientes.
Acreditación de
periodistas
Para la cobertura periodística de la audiencia pública en la
Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Castillo, Carina Viviana y
otros c/ Provincia de Salta – Ministerio de Educación de la Prov. de Salta s/
amparo”, en trámite ante la Secretaría N° 1 del tribunal, a cargo del
secretario Damián Font, que tendrá lugar los días 16, 17, 30 y 31 de agosto, en
la Sala de Audiencias del Máximo Tribunal (Talcahuano 550, 4° piso), los medios
de comunicación interesados deberán acreditarse previamente enviando un correo
electrónico a acreditaciones@csjn.gov.ar.
Esa nota deberá ser remitida por un responsable con el rango
jerárquico adecuado desde el correo electrónico del medio de comunicación,
consignando nombre completo, DNI y función del acreditado (periodista/reportero
gráfico/camarógrafo), y un número de teléfono de contacto.
Para dudas o consultas pueden comunicarse al teléfono
4370-4809.
La audiencia será transmitida en vivo por el Centro de Información Judicial a través
de CIJ TV (www.cij.gov.ar/cijtv).
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