Por Giselle Rumeau |
Es probable que la decisión sea realmente motorizada por
razones políticas, como la de pretender ganar la elección para darle un mazazo
al Gobierno y volver a posicionarse como la única líder del peronismo.
Es una
constante de la realidad: los ex presidentes suelen resistirse al olvido, a quedarse
en el llano para siempre.
Pero ante la maraña judicial en la que se encuentra inmersa,
es fácil enredarse en pensamientos oscuros y especulativos y creer que una
candidatura legislativa de Cristina Kirchner también busca inmunidad
parlamentaria para evitar la posibilidad de quedar presa.
La paradoja es que los tiempos de la Justicia en la
Argentina son tan extensos que Cristina podría esperar el próximo turno
presidencial en 2019 con la certeza de que no recibirá rápidamente una condena
por alguna de las acusaciones que le pesan por asociación ilícita, lavado de
dinero y negociaciones incompatibles con la función pública.
Que lo diga si no Carlos Menem, quien fue sentenciado a
siete años de prisión en 2013 por el tráfico ilegal de armas a Ecuador y Croacia
durante su gobierno, pero aún no tiene sentencia firme porque su defensa
presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema. Si la condena del
riojano se confirmara, entonces sí los fueros que mantiene como senador,
gracias a la protección del kirchnerismo, le darían inmunidad de arresto y la
Justicia debería solicitar su desafuero en el Congreso para dar cumplimiento a
la sentencia.
Aunque no sea de manera inminente, la ex presidenta podría
también a futuro verse beneficiada por esta protección parlamentaria. Los
artículos 68 y 69 de la Constitución Nacional prevén para los legisladores dos
tipos de inmunidades: la de opinión y la de arresto.
Sólo se podrá arrestar a un diputado o senador en caso de
ser sorprendido in franganti en la ejecución de algún crimen. Caso contrario,
debe llevarse adelante su remoción en la Cámara que corresponda y con la
aprobación de dos tercios de los votos. Si el kirchnerismo mantuviera su número
de bancas en octubre, sería imposible avanzar con una eventual destitución de
su jefa política.
Ante ese escenario malsano, la pregunta es inevitable: ¿no
obstruyen los fueros el accionar de la Justicia? Los especialistas consultados
por 3Días afirman que no, que la inmunidad parlamentaria es de arresto y no de
proceso y que, por el contrario, los fueros son esenciales para que los
legisladores puedan cumplir adecuadamente con su función y que el Congreso no
sea avasallado por el abuso eventual del Poder Ejecutivo o Judicial.
"La ley argentina no impide que los legisladores ni
otros funcionarios públicos puedan ser juzgados hasta el momento de la
sentencia. No hay ningún fuero que impida el avance de los procesos. En nuestro
país, los procesos no avanzan por otros factores. Recién en el caso de que
exista una condena firme se hace necesario el desafuero para hacer efectiva la
condena", explica Manuel Garrido, presidente de Innocence Proyect
Argentina, ex fiscal anticorrupción y ex diputado radical.
En la misma línea se expresa el constitucionalista Félix
Lonigro: "Los fueros no obstruyen una investigación judicial; simplemente
impiden que el legislador sea arrestado. Los jueces y fiscales pueden
investigar tranquilamente e inclusive están habilitados para citar a
declaración indagatoria a los legisladores. Si un diputado o senador no
concurre ante la convocatoria de un tribunal, éste también deberá solicitar su
remoción ante el Congreso".
Garrido cita un ejemplo para demostrar que la inmunidad de
un legislador es crucial. En 2013 el ex jefe de Ejército, Cesar Milani, presentó
una demanda civil acusando por calumnias e injurias a dirigentes de la
oposición que lo denunciaron por enriquecimiento ilícito. En el grupo estaban
Elisa Carrió, "Pino" Solanas, Graciela Ocaña, Gerardo Morales y el
propio Garrido. "Los fueros también le dan a un legislador inmunidad de
opinión. Es parte de la plenitud de la democracia que los legisladores que
representan a los ciudadanos puedan expresarse libremente y sin temer
consecuencias económicas o de privación de la libertad a partir de de lo que digan",
remarca el ex fiscal.
Lonigro coincide. "No está mal que tengan inmunidad de
arresto porque el argumento constitucional es que son representantes del pueblo
y si se los arresta, se afecta la representación. Pero debería ser más acotada.
El tema es que la Constitución no aclara hasta dónde se extiende la inmunidad:
si sólo es para el mal desempeño o también para la comisión de delitos que no
tienen que ver con el ejercicio del cargo. Está considerado que la inmunidad de
arresto es absoluta. Habría que modificar la Constitución".
Según Garrido, lo que sí se puede cambiar es el capítulo de
la Ley de Fueros 25.320, sancionada el 8 de septiembre de 2000, que impide el
allanamiento del domicilio particular o de las oficinas de los legisladores así
como la intercepción de sus comunicaciones telefónicas sin la aprobación de la
Cámara correspondiente. Esa demora permite a los imputados evitar el efecto
sorpresa de un allanamiento, y por lo tanto su eficacia, como ocurrió con el ex
ministro de Planificación y actual diputado del FpV, Julio De Vido, acusado por
enriquecimiento ilícito. "Esto no está previsto en la Carta Magna y por lo
tanto es inconstitucional. Pero debería ser declarado por los mismos jueces,
más allá de lo que diga la ley. También podría ser modificado por el
Congreso", advierte Garrido.
¿Senadora o diputada?
Todo indica que CFK está dispuesta a presentar batalla en la
provincia de Buenos Aires, e incluso obstaculizar el camino de su ex ministro
del Interior, Florencio Randazzo, para dejarlo fuera de competencia y evitar
las PASO de agosto.
Según Lonigro, no hay dudas de que la ex mandataria necesita
fueros. "Estoy convencido de que va a ir presa y creo que si se presenta
como candidata es para tener alguna cobertura. De cualquier manera, si se
presenta, es electa legisladora y la condenan, tendrá fueros y no se la podrá
arrestar, pero no hay que perder de vista que el Congreso, con lo dos tercios
de los votos de ambas cámaras, puede proceder al desafuero y ponerla a
disposición del juez", explica el abogado constitucionalista.
Garrido cree, en cambio, que las especulaciones de Cristina
Kirchner son sólo políticas. "Las causas iniciadas contra ella recién
están en una etapa inicial y si finalmente la condenan, con los tiempos que
maneja la Justicia argentina, puede pasar demasiado tiempo para que eso ocurra",
remarca.
La mandataria podría presentarse como senadora o diputada
nacional aún estando procesada. Con una intención de voto que supera el 25%,
apoyo que se da especialmente en el conurbano, tendría asegurada una banca en
la Cámara baja. Para entrar al Senado, debería ganar o quedar en el segundo
puesto.
Con todo, la Constitución nacional establece que la
inmunidad de arresto se da desde el momento de la elección como candidata y no
desde el inicio del mandato en diciembre. Con lo cual, de presentarse y ganar
la elección, Cristina ya tendría fueros desde octubre.
Los desafueros en el
Congreso
La historia parlamentaria reciente tiene pocos ejemplos de
pedidos de desafuero a legisladores que se hicieron efectivos:
- Uno de los casos emblemáticos se dio con el ex diputado
Ángel Luque (PJ-Catamarca). Fue separado de la Cámara baja en 1991, a raíz del
escándalo por el asesinato de María Soledad Morales en el que estuvo
involucrado su hijo Guillermo.
- En junio de 1996 la Cámara alta le quitó los fueros al ex
gobernador de Córdoba Eduardo Angeloz, a pedido del juez Manuel Molina que lo
investigaba por presunto enriquecimiento ilícito. n En el caso de Antonio
Domingo Bussi, la Cámara de Diputados impidió su asunción en 1999 por su
participación en la dictadura y por ocultar una cuenta bancaria en Suiza.
- En abril de 2008, Diputados aprobó el desafuero del ex
subcomisario Luis Patti, en el marco de la causa de delitos de lesa humanidad y
por la que fue condenado a cadena perpetua.
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