Un tribunal oral negó
el pedido de Héctor Salvador Giribone, condenado por robo de bebés en la
dictadura militar.
Héctor Salvador Giribone no será beneficiado por el 2x1 que solicitó su abogado. |
Judiciales - El Tribunal
Oral Federal 5 rechazó este viernes la excarcelación del represor Héctor
Salvador Giribone, condenado por robo de bebés en la dictadura, quien había
pedido el beneficio del "dos por uno".
Se trata de la primera negativa ante los planteos que se
formularon entre el jueves y este viernes tras la jurisprudencia fijada por la
Corte Suprema el pasado miércoles.
El tribunal, integrado por los jueces Adriana Palliotti,
Angel Nardiello y Oscar Hergott, resolvió rechazar el planteo por distintos
argumentos y declarar abstracto el pedido para disponer la inconstitucionalidad
de la ley del "dos por uno", ya derogada.
El coronel retirado Giribone fue condenado a ocho años de
prisión por el robo y ocultamiento de la identidad del hijo de desaparecidos
Pablo Javier Gaona Miranda.
En el fallo al que accedió DyN, Palliotti sostuvo que "la regla de 'dos por uno' no podrá
ser aplicada al caso toda vez que Héctor Giribone permaneció detenido desde el
20 de setiembre de 2012 y fue condenado, en juicio oral, el 9 de setiembre de
2014, motivo por el cual no cumplió los dos años de detención -en calidad de
prisión preventiva- requeridos" en el artículo 7 de la ley 24.390
"que resultan condición necesaria para que la regla de computo pretendida
por la defensa".
Nardiello también puso en duda la obligatoriedad de los
fallos de los tribunales superiores, que había ponderado la defensa.
"Bien es sabido que el sistema jurídico que rige en
nuestro país encuentra arraigo normativo dogmático muy fuerte, pues la ley
resulta ser nuestra fuente fundamental del derecho, sin perjuicio de que la
jurisprudencia también lo es pero, no en forma obligatoria", dijo.
El juez sostuvo: "Las sentencias de la Corte tienen
para los demás tribunales un valor no vinculante y no tengo dudas que las
mismas requieren una suerte de acompañamiento por parte de los tribunales
inferiores. Ese carácter podría desaparecer cuando la misma ejerce el control
de constitucionalidad y de última intérprete de la Constitución Nacional. En
ese caso, su resolución supedita a los tribunales inferiores".
El juez resaltó que la misma Corte, en un precedente
anterior, sostuvo que "sus fallos no resultan obligatorios para casos
análogos" y remarcó que la Constitución "en modo alguno dispone
expresamente" la obligatoriedad de los precedentes del máximo tribunal
"sin perjuicio" de que "resulte ser el último tribunal a los
efectos de resolver controversias".
"Entender que los procedentes de la Corte resulten
obligatorios, puede llevarnos a pensar que sería más conveniente el
establecimiento de una Corte que ejerza un control de constitucionalidad
concentrado y directo -dijo-. Existe un conflicto relevante entre dos factores:
por un lado la uniformidad de las sentencias y por otro la independencia
interna entre los jueces".
"Ello máxime cuando es indiscutible que la fortaleza
del supuesto efecto vinculante de los fallos del máximo tribunal, se va
matizando en aquellos precedentes en donde los votos y su contenido resultan
ser semejantes, consonantes y homogéneos, no siendo el caso traído a
estudio", aseveró.
Hergott, por su parte, también rechazó el pedido de la
defensa: según dijo, la Corte "no ha efectuado distingo entre los actos
ilícitos comunes tipificados en el Código Penal con aquellos mismos delitos
pero enmarcados como constitutivos de delitos aberrantes".
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