El decreto reglamentario
lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos
Peña,
y del ministro de Salud, Jorge Lemus.
Nacionales - El
Gobierno nacional promulgó este miércoles la Ley 27.350 de Investigación Médica
y Científica que habilita el uso medicinal de la planta de cannabis y sus
derivados, sancionada por el Senado el 29 de marzo pasado.
Lo hizo mediante la publicación del decreto 266/2017 en el
Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de
Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Salud, Jorge Lemus.
La norma tiene por objetivo “establecer un marco regulatorio
para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o
paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y
promoviendo el cuidado integral de la salud”.
Además, en su artículo 2, crea el Programa Nacional para el
Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, que
estará dentro de la órbita del Ministerio de Salud.
El objetivo del programa será el de “emprender acciones de
promoción y prevención orientadas a garantizar el derecho a la salud; promover
medidas de concientización dirigidas a la población en general; y establecer
lineamientos y guías adecuadas de asistencia, tratamiento y accesibilidad”,
entre otras funciones.
Asimismo, buscará “garantizar el acceso gratuito al aceite
de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al
programa, en las condiciones que establezca la reglamentación; desarrollar
evidencia científica sobre diferentes alternativas terapéuticas a problemas de
salud, que no abordan los tratamientos médicos convencionales; e investigar los
fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados en la
terapéutica humana”.
La ley, que obtuvo el apoyo de todos los bloques, contempla
también la autorización para que tanto el Conicet y el INTA puedan cultivar
cannabis para la investigación médica y/o científica, además de impulsar la
producción a través de laboratorios públicos.
Además, la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) “permitirá la importación de aceite de
cannabis y sus derivados, cuando sea requerida por pacientes que presenten las
patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica
pertinente”, provisión que será “gratuita” para quienes se encuentren incorporados
a esa iniciativa.
La norma fue impulsada por diferentes organizaciones que
defienden la utilización del cannabis -entre ellas “Mamá Cultiva”- para el
tratamiento de diferentes patologías sobre las que, aseguran, genera un mejor
efecto que los medicamentos tradicionales.
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