El juez Ariel Lijo
acreditó que el exfuncionario kirchnerista Luciano Di Césare defraudó al Estado Nacional
por
la suma de $1.300.826,77.
El extitular del PAMI, Luciano Di Cesare fue procesado por defraudación al Estado Nacional. |
Judiciales - El
juez Ariel Lijo, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional
Federal N° 4, procesó este jueves a Luciano Alfredo Héctor Di Césare, extitular
del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
–PAMI- por administración fraudulenta en perjuicio de la administración
pública.
En la investigación, el magistrado acreditó que el
exdirector ejecutivo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados –PAMI- defraudó al Estado Nacional, por la suma de un
millón trescientos mil ochocientos veintiséis pesos con setenta y siete
centavos ($1.300.826,77), al liquidarse las vacaciones del año 2004 al 2012, de
las cuales no tenía derecho a su percepción.
En ese sentido, el juez Lijo sostuvo que se aprovechó del
cargo que detentaba como máxima autoridad del organismo para cobrar ese dinero,
a través de una transferencia generada desde la cuenta oficial a la suya
personal, como resultado del proceso en el que solicitó el 9 de diciembre de
2015 la liquidación de las vacaciones no gozadas, que se le pagaron al día
siguiente, al momento de dejar su cargo.
El requerimiento fue materializado en un expediente
administrativo que fue intencionalmente creado para que se le liquidaran las
correspondientes al período 2004/2012, sin tener derecho a su cobro y por
encontrarse vencidas, según lo estipulado por la Ley de Contrato de Trabajo.
Para ello designó intencionalmente a la entonces titular de la Gerencia de
Recursos Humanos, María Alejandrina Arrouzet, que no solía intervenir en las
liquidaciones, para que cumpliera con su pedido en el término de 24 horas.
También probó la participación del Subgerente de Administración Personal de la
Gerencia de Recursos Humanos, quien finalmente emitió un dictamen con el fin de
autorizar el requerimiento.
Al momento de dictar el procesamiento de los tres imputados,
el juez Lijo no sólo tuvo en cuenta el incumplimiento de la normativa laboral,
sino un conjunto de irregularidades en el proceso administrativo que
demostraron la maniobra llevada a cabo por Di Césare, como por ejemplo la
tramitación de la liquidación en un expediente de otra persona que se
encontraba archivado, el desdoblamiento de la liquidación para su ocultamiento,
la intervención de dependencias que no solían hacerlo, la celeridad del proceso
de liquidación ante el cambio de gestión y la efectivización del pago en el
término de 24 horas.
En la resolución se sostuvo que perjudicó los intereses de
la administración pública, ya que como Director Ejecutivo, Di Césare tenía la
obligación de velar por la administración y el correcto manejo de los fondos
del PAMI, implicando la liquidación que no le correspondía una disposición que
redujo el patrimonio del organismo, lo que seguramente redundó en una
disminución de la posibilidad de cubrir otras de sus funciones específicas.
El magistrado decretó el procesamiento –sin prisión
preventiva- de Di Césare, en calidad de autor, y los otros dos imputados, en
calidad de partícipes necesarios, y trabó embargo sobre sus bienes por la suma
de dos millones de pesos ($2.000.000).
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