Se investigaba el
pago de coimas durante el kirchnerismo para la construcción de dos gasoductos.
El fiscal pidió que
se anule el sobreseimiento de los imputados.
El juez Casanello hizo lugar al pedido de reapertura del caso Skanska pedida por el fiscal Stornelli. |
Judiciales - Ante
un planteo de nulidad por cosa juzgada írrita presentado por el fiscal Carlos
Stornelli, el juez federal Sebastián Casanello dio intervención a los
querellantes y a los defensores de los imputados, luego de lo cual decidió
declarar procedente el planteo y elevarlo a consideración de la Cámara Nacional
en lo Criminal y Correccional Federal.
El planteo del fiscal Stornelli estuvo orientado a pedir que
se declare la nulidad de los sobreseimientos dispuestos en el año 2011 por la
Cámara Federal por considerar que se había producido un “error judicial” al
haber excluido de la valoración probatoria una grabación producida por el auditor
de la firma Skanska. El disparador del planteo fiscal fue la resolución de la
Cámara Federal de Casación Penal que en abril validó esas escuchas.
Ante un planteo de nulidad por cosa juzgada írrita
presentado por el fiscal Carlos Stornelli, el juez federal Casanello dio
intervención a los querellantes y a los defensores de los imputados, luego de
lo cual decidió declarar procedente el planteo y elevarlo a consideración de la
Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal.
El fiscal pidió, además, que se declare la nulidad de los
sobreseimientos dispuestos en el año 2011 por la Cámara Federal por considerar
que se había producido un “error judicial”.
Stornelli consideró haber excluido de la valoración
probatoria una grabación producida por el auditor de la firma Skanska.
El disparador del planteo fiscal fue la resolución de la
Cámara Federal de Casación Penal que en abril validó esas escuchas.
Aquella grabación habría registrado la conversación que
habría sido mantenida entre el auditor de la empresa con otra persona, al
parecer uno de sus gerentes, en la que se sugeriría el pago de comisiones
indebidas en ocasión de varias obras públicas.
El fiscal Stornelli había hecho una presentación en abril
pasado donde recordó la hipótesis del caso:
"Que Skanska, en
el marco de su participación en las obras públicas había pagado comisiones
indebidas a funcionarios públicos, justificando contablemente la salida del
dinero mediante la simulación de operaciones comerciales imputadas a aquellas
obras."
"Que Skanska
habría recurrido a la modalidad de simular operaciones o contrataciones
imputadas a dichas obras públicas, con 23 sociedades comerciales de dudosa
capacidad operativa, pagos estos que ascenderían a las sumas aproximadas de
$5.766.900 por la ampliación del Gasoducto Sur y $1.795.200 por el tramo de la
construcción del Gasoducto Norte".
"Aquella ilegal
operatoria de Skanska -reitero, supuestamente destinadas al pago de comisiones
indebidas- se habría valido de simular operaciones comerciales con terceras
sociedades que, según la distinta documentación contable incorporada como
prueba, proveerían diversos servicios en el marco de las obras en cuestión y a
las cuales se les abonaran las sumas de dinero relacionadas con dichas
contrataciones, pero sin que estas procedieran a la efectiva prestación del
servicio documentalmente asentado. Es decir Skanska habría pagado determinadas
sumas de dinero en dichas sociedades -algunas de ellas de formal existencia
pero sin actividad societaria y comercial real, otras reales pero de dudosa
capacidad operativa- sin recibir contraprestación comprobable alguna".
Entre los procesados, y luego sobreseídos estaban Fulvio
Madaro, quien encabezaba el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) en el
principio del kirchnerismo; quien estaba al frente de Nación Fideicomisos,
Néstor Ulloa, y quien fuera secretario de Energía, Daniel Cameron. También
fueron procesados y sobreseídos los ejecutivos de la filial argentina de la
empresa sueca y de las firmas Transportadora de Gas del Sur y Transportadora de
Gas del Norte que participaron de la construcción de dos gasoductos. Cuando
comenzó el caso allá por 2007 el kirchnerismo habló de que había sido una
"negociación entre privados".
Stornelli habla en su dictamen de "trascendencia
institucional" del Caso Skanska, aclara que la cosa juzgada írrita se
aplica de manera de manera "excepcionalísima", y habla de la
importancia de investigar los "delitos de corrupción".
El fiscal recuerda que Skanska reconoció ante la AFIP esa
situación irregular y quedó comprobado en una auditoría interna que llevó
adelante el auditor Claudio Corizzo. Para realizar esa auditoría, Corizzo grabó
una conversación con Javier Azcárate, uno de los gerentes de Skanska. Allí
Azcárate dijo que en aquel negocio hubo un cinco por ciento de "comisiones
indebidas".
En el diálogo entre Corizzo y Azcárate, este último responde
ante la pregunta de dónde fue la plata: "Tres por ciento a Enargas y dos
por ciento a Nación Fideicomisos". En Enargas estaba Madaro y en Nación
Fideicomisos, Ulloa.
Esa prueba fue excluida por la Sala I de la Cámara Federal
como prueba y sobreseyó a los imputados en noviembre de 2011. Una serie de
apelaciones llevó el caso primero hasta la Corte Suprema de Justicia que lo
reabrió y luego a la Sala IV de la Cámara de Casación que, con el voto de los
jueces Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, admitió las grabaciones como evidencia
para ser analizada en la causa.
El fiscal también planteó que el peritaje contable que se
hizo y que sirvió para apuntalar los sobreseimientos, fue cuestionado y nunca
se atendió ese cuestionamiento. Para Stornelli, la Sala I de la Cámara Federal
-con el voto de los jueces Jorge Luis Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo
Farah- anuló una prueba fundamental y utilizó una prueba inválida, el peritaje.
Ese peritaje señaló que no hubo sobreprecios, y por eso no hubo retornos.
Stornelli había criticado el peritaje pero su objeción no fue analizada en
ninguna instancia.
El juez del caso Skanska fue originalmente Guillermo
Montenegro, quien pasó a ser ministro de Seguridad de Mauricio Macri en la
Ciudad en 2007. Lo reemplazó Norberto Oyarbide, quien dictó los procesamientos,
pero sin las grabaciones como pruebas. En 2012 llegó a ese juzgado Sebastián
Casanello. Ante él hizo la presentación Stornelli y basó su planteo en la
"cosa juzgada írrita". Es un planteo jurídico mediante el que se
pueden revisar las decisiones judiciales que fueron hechas (sobreseimientos
definitivos) de manera fraudulenta o errónea para proceder a la reapertura del
caso.
Informe: EC, Infobae,
CIJ y Agensur.info
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