La Cámara baja avaló
y giró al Senado con 232 votos a favor y siete abstenciones que beneficiará a los que perciben jubilaciones y programas sociales.
Nacionales - Con
232 votos a favor y siete abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó la
devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre los bienes de la canasta
básica a los sectores más vulnerables de la población.
El proyecto no obtuvo votos en contra, pero sí se
abstuvieron los diputados del Frente de Izquierda y de Libres del Sur.
La iniciativa, que reunió amplio consenso en sus objetivos,
fue enviada por el Poder Ejecutivo y ahora pasó al Senado para su aprobación
definitiva.
Serán beneficiarios del régimen los sujetos que perciban
jubilaciones y pensiones por fallecimiento que cobren el haber mínimo; la
Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo; y pensiones no
contributivas nacionales.
La magnitud del reintegro –que será por cada prestación
recibida- no podrá ser inferior al 15% del monto de las operaciones.
“Estamos creando el IVA progresivo”, destacó el presidente
de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, Luciano
Laspina (Pro), y explicó que “el enorme peso de los impuestos al consumo, los
más regresivos, ha sido una constante en la Argentina”.
La oposición compartió el espíritu de la ley, pero criticó
la forma en que se implementará, dado que sólo se podrá acceder al beneficio si
se compran los productos por algún medio electrónico, en comercios que posean
el sistema Posnet.
En este sentido, Axel Kicillof (Frente para la Victoria) y
Diego Bossio (Justicialista) coincidieron en proponer que se le entregue al
consumidor el monto del IVA directamente en su bolsillo.
El referente económico del Frente Renovador, Marco Lavagna,
consideró que primero hay que atacar la inflación, dado que “cuando se anunció
el proyecto” de devolución del IVA, el monto era de 300 pesos, “y hoy son 250”.
Lavagna también sugirió ampliar el universo de sujetos
alcanzados, para contemplar, por ejemplo, a los beneficiarios del plan
Progresar, a las trabajadoras de casas particulares y a los monotributistas
sociales.
El proyecto establece que hasta tanto el INDEC no publique la
canasta básica de alimentos, el monto máximo de reintegro será, en efecto, de
300 pesos, por mes y por beneficiario.
Dicho monto deberá ser modificado por el Poder Ejecutivo
nacional, en función a la variación de la canasta básica de alimentos, en los meses
de julio y enero de cada año.
Quedan excluidos del régimen los perceptores de más de un
beneficio o prestación, sin considerar la Asignación Universal por Hijo y por
Embarazo.
La ley tampoco alcanza a quienes perciban cualquier
beneficio de los mencionados pero tributen el impuesto a las Ganancias, sobre
los Bienes Personales, o en el Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes.
De acuerdo a un cambio introducido en el recinto a pedido de
Kicillof, se amplió la ley a los comercios mayoristas.
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