La Cámara Nacional
Electoral avaló la nómina encabezada por José Luis Gioja y Daniel Scioli, en la
que se incluyen ocho gobernadores y sin espacio para La Cámpora.
La nueva conducción del PJ nacional: José Luis Gioja y Daniel Scioli. (Foto: Twitter) |
Nacionales - El
Partido Justicialista proclamó este martes a la lista de unidad encabezada por
José Luis Gioja y Daniel Scioli como la nueva conducción de la fuerza, tras la
resolución de la Cámara Nacional Electoral que avaló a la nómina y rechazó el
fallo de María Servini de Cubría.
En una conferencia de prensa en la sede del PJ en Matheu
130, Gioja dijo que se sentía "satisfecho" por la decisión judicial y
adelantó que la primera medida que dispondrá la nueva conducción será la
adhesión al acto de la CGT y la CTA del próximo 29 de abril.
"Nos sentimos satisfechos por lo que ha pasado hoy y
comprometidos con los ideales y la doctrina fundada por Perón y la compañera
Evita", sostuvo el exgobernador de Santa Fe y agregó: "Hemos definido
que la primera acción será apoyar la movilización que van a hacer los
compañeros de la CGT y la CTA".
Por su parte, Scioli señaló que con Gioja son "un gran
equipo con experiencia" y tienen "la vocación de traer justicia
social".
Del encuentro participaron, entre otros, Antonio Caló, Gildo
Insfrán, Fernando Espinoza y Verónica Magario, entre otros dirigentes del PJ.
La Cámara Nacional Electoral revocó la prórroga que había
dictado la jueza María Servini de Cubría para la presentación de candidaturas y
ordenó "proseguir el procedimiento interno correspondiente hasta la proclamación
de las nuevas autoridades partidarias", según se indica en el fallo.
De esta manera avaló la lista de unidad encabezada por José
Luis Gioja y Daniel Scioli, en la que están incluidos ocho de los 14
gobernadores peronistas, pero no hay ningún espacio para dirigentes de La
Cámpora.
Los camaristas Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera
señalaron que "no se puede pasar por alto la particular intromisión que lo
decidido significó en el proceso de renovación de las autoridades de un partido
político, cuya libertad de organización y funcionamiento garantiza expresamente
la Constitución Nacional" en el artículo 38.
En la resolución se deja constancia de que "no obra
pedido alguno ante la Junta Electoral Partidaria de modificar algún plazo
establecido" y se apunta que la prórroga dispuesta por Servini de Cubría
"no implicó una mera reordenación de plazos, sino que en los hechos
impidió a la agrupación política seguir adelante con los trámites
estatutarios".
Informe: NA e Infobae
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