Son las designaciones
de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz enviadas por el presidente Mauricio
Macri para
integrar el Alto Tribunal de Justicia.
Los pliegos de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz ingresaron este lunes al Senado de la Nación. |
Nacionales - Los
pliegos de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz para integrar la Corte Suprema
de Justicia de la Nación ingresaron este lunes al Senado, que deberá prestar su
acuerdo para efectivizar los nombramientos.
Rosatti y Rosenkrantz fueron designados por el presidente
Mauricio Macri “en comisión” a mediados de diciembre a través del decreto
83/2015, cuestionado por la oposición, que reclamaba el tratamiento de los
pliegos en sesiones extraordinarias.
En ese sentido, el bloque de senadores del Frente para la Victoria, que preside Miguel Pichetto y que cuenta con mayoría numérica, había adelantado que no avalaría a los candidatos si éstos juraban sin el consentimiento parlamentario.
En ese sentido, el bloque de senadores del Frente para la Victoria, que preside Miguel Pichetto y que cuenta con mayoría numérica, había adelantado que no avalaría a los candidatos si éstos juraban sin el consentimiento parlamentario.
A partir de una serie de negociaciones, el macrismo aceptó
posponer la jura de los ministros, aunque no confirmó si este mes convocará a
sesiones extraordinarias, posibilidad que permanece lejana hasta ahora.
El Gobierno abrió el procedimiento de participación
ciudadana a través del decreto 222/2003, del expresidente Néstor Kirchner,
proceso que culminó el 25 de enero pasado.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a cargo de
Germán Garavano, precisó haber recibido “más de 7.500 presentaciones de
instituciones y entidades de reconocida relevancia profesional y social,
universidades y colegios profesionales”.
En dichas observaciones “se destacan los antecedentes de los
candidatos, que dan cuenta de su acabada experiencia como juristas de nota para
ocupar el más alto tribunal” del país, informó la cartera.
El pleno del Senado deberá dar ingreso formal a los pliegos
en la primera sesión del año, para dar lugar al tratamiento en la Comisión de
Acuerdos –que deberá constituirse y designar autoridades-.
Si obtienen dictamen favorable, los pliegos podrán ser
tratados en el recinto, donde se necesitan los dos tercios de los votos para su
aprobación, según lo ordena la Constitución Nacional.
Informe: Parlamentario.com
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