jueves, 17 de diciembre de 2015

FALLO CONTRA RESOLUCIÓN DE AFSCA

La Justicia dijo que “es público y notorio el vínculo” entre Sabatella y el Gobierno kirchnerista quienes realizaron 
una política de “hostigamiento” a la prensa.

Para la Justicia, Martín Sabatella llevó adelante una
política de "hostigamiento" a la prensa desde AFSCA.
Nacionales - La Justicia falló este jueves a favor de un grupo de periodistas del Grupo Clarín y otros medios que solicitaron la nulidad de una Resolución de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) por entender que el rechazo al Plan de Adecuación a la Ley de Medios de parte del organismo constituía "un acto de censura indirecta", era de "una arbitrariedad manifiesta y había sido dictada por una autoridad parcial, dependiente del poder político".

El juez a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Número 9, Pablo Cayssials, hizo lugar a la demanda presentada por los periodistas Julio Blanck, Jorge Fernández Díaz, Jorge Lanata, Marcelo Longobardi, Joaquín Morales Solá, Magdalena Ruiz Guiñazú, Alfredo Leuco y Eduardo van der Kooy y en la sentencia señaló que "es público y notorio el vínculo que existía entre el (titular de la AFSCA) Martín Sabatella y las autoridades del Gobierno".

El magistrado citó numerosos precedentes internacionales y destacó que el ejercicio profesional del periodismo no puede diferenciarse del ejercicio de la libertad de expresión y que ambas circunstancias son concurrentes.

Para el magistrado "la labor del periodista no puede concebirse solamente como la prestación de un servicio profesional rentado, sino que es el vehículo necesario para informar al pueblo y, a través de la opinión crítica, posibilitar el debate de ideas en una sociedad democrática".

También señaló que "la libertad de expresión es una condición de la existencia de la democracia, por lo que no deben admitirse hechos o circunstancias que la restrinjan o limiten".

En la sentencia, sostuvo que la Resolución de la AFSCA se inscribe "en una política oficial de hostigamiento e intimidación a la prensa, a la que no fueron ajenos los actores que, en un clima de confrontación permanente, fueron objeto de descalificaciones y estigmatizaciones".

Al respecto, Cayssials sostuvo que "que el hostigamiento y persecución que en forma reiterada y constante ha mantenido el Gobierno para con la prensa y con los periodistas independientes configuró un supuesto de censura indirecta", tal como lo entienden la Convención Americana de Derechos Humanos y de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La sentencia también enfatizó sobre la falta de independencia del titular de la AFSCA y basó la situación en que Sabatella "integró la fórmula del Frente para La Victoria como candidato a vicegobernador de la provincia de Buenos Aires en las elecciones del 25 de octubre, lo cual denota la filiación política que ostentaba el citado funcionario".

Al respecto, añadió que las entidades y órganos gubernamentales que regulan la radiodifusión deben estar constituidos de manera de estar protegidos contra injerencias políticas y comerciales y destacó que "dada la importancia de las funciones que deben cumplir, es fundamental que los órganos encargados de aplicar políticas y fiscalizar el cumplimiento de la regulación en materia de radiodifusión sean independientes, tanto de la influencia del poder político como de los intereses de los grupos económicos".


Informe: DyN

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