La Justicia dijo que “es
público y notorio el vínculo” entre Sabatella y el Gobierno kirchnerista quienes
realizaron
una política de “hostigamiento” a la prensa.
Para la Justicia, Martín Sabatella llevó adelante una política de "hostigamiento" a la prensa desde AFSCA. |
Nacionales - La
Justicia falló este jueves a favor de un grupo de periodistas del Grupo Clarín
y otros medios que solicitaron la nulidad de una Resolución de la Autoridad
Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) por entender que el
rechazo al Plan de Adecuación a la Ley de Medios de parte del organismo
constituía "un acto de censura indirecta", era de "una
arbitrariedad manifiesta y había sido dictada por una autoridad parcial,
dependiente del poder político".
El juez a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo
Federal Número 9, Pablo Cayssials, hizo lugar a la demanda presentada por los
periodistas Julio Blanck, Jorge Fernández Díaz, Jorge Lanata, Marcelo
Longobardi, Joaquín Morales Solá, Magdalena Ruiz Guiñazú, Alfredo Leuco y
Eduardo van der Kooy y en la sentencia señaló que "es público y notorio el
vínculo que existía entre el (titular de la AFSCA) Martín Sabatella y las
autoridades del Gobierno".
El magistrado citó numerosos precedentes internacionales y
destacó que el ejercicio profesional del periodismo no puede diferenciarse del
ejercicio de la libertad de expresión y que ambas circunstancias son
concurrentes.
Para el magistrado "la labor del periodista no puede
concebirse solamente como la prestación de un servicio profesional rentado,
sino que es el vehículo necesario para informar al pueblo y, a través de la
opinión crítica, posibilitar el debate de ideas en una sociedad
democrática".
También señaló que "la libertad de expresión es una
condición de la existencia de la democracia, por lo que no deben admitirse
hechos o circunstancias que la restrinjan o limiten".
En la sentencia, sostuvo que la Resolución de la AFSCA se
inscribe "en una política oficial de hostigamiento e intimidación a la
prensa, a la que no fueron ajenos los actores que, en un clima de confrontación
permanente, fueron objeto de descalificaciones y estigmatizaciones".
Al respecto, Cayssials sostuvo que "que el
hostigamiento y persecución que en forma reiterada y constante ha mantenido el
Gobierno para con la prensa y con los periodistas independientes configuró un
supuesto de censura indirecta", tal como lo entienden la Convención
Americana de Derechos Humanos y de la jurisprudencia de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos.
La sentencia también enfatizó sobre la falta de
independencia del titular de la AFSCA y basó la situación en que Sabatella
"integró la fórmula del Frente para La Victoria como candidato a
vicegobernador de la provincia de Buenos Aires en las elecciones del 25 de
octubre, lo cual denota la filiación política que ostentaba el citado
funcionario".
Al respecto, añadió que las entidades y órganos
gubernamentales que regulan la radiodifusión deben estar constituidos de manera
de estar protegidos contra injerencias políticas y comerciales y destacó que
"dada la importancia de las funciones que deben cumplir, es fundamental
que los órganos encargados de aplicar políticas y fiscalizar el cumplimiento de
la regulación en materia de radiodifusión sean independientes, tanto de la
influencia del poder político como de los intereses de los grupos
económicos".
Informe: DyN
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