martes, 8 de septiembre de 2015

Tucumán: Ordenan no proclamar candidatos

La Justicia Federal resolvió que la Junta Electoral no cierre 
el recuento definitivo y que preserve las urnas y los votos.

Tucumán - La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal le ordenó a la Junta Electoral Provincial (JEP) de Tucumán que “se abstenga” de dar por cerrado el recuento definitivo de los votos de la elección a gobernador de la provincia y de proceder a “la destrucción o alteración” vinculado con la elección, como los votos y las urnas. Asimismo, no deberán proclamarse los candidatos ganadores.

El tribunal hizo lugar a la cautelar que había solicitado el candidato opositor José Cano, que fue como candidato radical pero con el apoyo de los candidatos a presidentes Mauricio Macri y Sergio Massa.

La orden del tribunal le ordena a la Junta Electoral de Tucumán que “se abstenga de dar por concluido el proceso del escrutinio definitivo que se encuentra llevando a cabo y de proclamar ganadores” de los comicios del 23 de agosto, cuestionados por la oposición por numerosas irregularidades, incluidas la quema de decenas de urnas con sus respectivos  votos, y un supuesto fraude.

Ordena a la Junta que también se abstenga de “proceder a la destrucción o alteración material de la totalidad de las urnas que atañen al mencionado proceso electoral” y que vele “adecuadamente por la integridad de las mismas”.

El fallo a favor de la cautelar pedida por Cano ya fue comunicado al gobierno de José Alperovich y a las autoridades electorales tucumanas.

En la demanda, Cano también cuestionó a la Junta Electoral por haberse negado a abrir todas las urnas y por haber expresado, a través de Gandur, que los comicios habían sido transparentes. Cinco partidos se adhirieron a la demanda, todos ellos alineados al ApB: la Democracia Cristiana (DC), Libres del Sur, el Partido Socialista y el Movimiento Popular y Federal.

Así, por más que la JEP termine el recuento de votos, no se proclamará un ganador hasta tanto la Justicia resuelva planteos. La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo tiene 51 días, hasta la asunción de nuevas autoridades, para definir la nulidad.

Informe: EC, La Gaceta y Agensur.info

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