El proyecto fue
presentado por legisladores kirchneristas y podría tener media sanción ante de
las primarias de agosto.
Nacionales - Avanza
el proyecto de ley que propone reprimir con penas de un mes a tres años de
prisión a quien alentare o incitare a la persecución, el odio, la violencia o
la discriminación contra una persona o grupo de personas mediante mensajes
publicados en Internet. Esto incluye a los administradores de medios web que
permitan ese tipo de posteos. Lo que descartó es la posibilidad de cerrar webs
por 30 días, que había sido propuesta inicialmente.
La iniciativa, una síntesis de distintos textos presentados
por los legisladores kirchneristas Diana Conti, Andrés Larroque, Carlos Heller
y Remo Carloto, ya tiene dictamen favorable de la Comisión de Derechos y
Garantías, avanza hacia las de Comunicaciones e Informática y de Libertad de
Expresión y -adelanta el diario La Nación-
podría tener media sanción antes de las primarias.
Esta propuesta apunta a la ampliación de la ley
antidiscriminación en vigor, porque amplía sensiblemente el concepto de
"acto discriminatorio" y deja la web al alcance de la normativa:
alcanza a páginas, blogs, redes sociales, agencia de noticias, medios de
prensa, diarios on line, revistas electrónicas y otros sitios de internet que
admiten que los usuarios publiquen contenidos, opiniones o dejen mensajes en
sus respectivos dominios.
Será considerado contenido discriminador todo mensaje
publicado en las plataformas de contenidos producidos por los usuarios que
"a través de patrones estereotipados, insultos, ridiculizaciones, humillaciones,
descalificaciones, mensajes, valores, íconos o signos transmita y/o reproduzca
dominación y/o desigualdad en las relaciones sociales, naturalizando o
propiciando la exclusión o segregación en razón de pretextos
discriminatorios".
Los administradores de las plataformas serán responsables
por lo que se publique, así que deberán instar expresamente a sus foristas a
evitar ese tipo de comentarios de dos maneras: "a) Informar sobre el
carácter discriminatorio de un contenido y la legislación vigente al respecto;
b) disponer y hacer pública una vía de comunicación para que los usuarios
denuncien y/o soliciten la remoción del material que se encuentre en infracción
a esta ley".
El proyecto crea una nueva figura penal al reprimir con
penas de un mes a tres años de prisión a quien: "a) por cualquier medio
alentare o incitare a la persecución, el odio, la violencia o la discriminación
contra una persona o grupo de personas; b) en forma pública u oculta, formare
parte de una organización o realizare propaganda, basados en ideas o teorías de
superioridad o inferioridad de un grupo de personas, que tengan por objeto la
justificación o promoción de la discriminación; c) en forma pública u oculta,
financiare o prestare cualquier otra forma de asistencia a las organizaciones y
actividades mencionadas".
La persona afectada por un acto discriminatorio podrá
presentar la denuncia ante la autoridad administrativa, policial o judicial,
quienes tendrán la obligación de recibirla. Se establece la gratuidad de los
procedimientos ante la administración pública y el beneficio de litigar sin
gastos ante la justicia.
Quien por acción u omisión cometa un acto de discriminación
será obligado judicialmente, a pedido del afectado, a dejarlo sin efecto o a
cesar en su realización, así como a "indemnizar las consecuencias
patrimoniales y no patrimoniales ocasionadas".
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