[Herramienta esencial para la defensa
de todos los
demás Derechos Humanos]
Por Martín Risso Patrón |
«Abstenerse de utilizar el poder público para
castigar o premiar a medios y comunicadores»
[Señalamiento al Poder administrador del Estado,
inserto en el Informe Anual 2014 de la Comisión Interamericana de DD.HH.].
La Libertad de expresión
De los derechos que tiene la Persona en este
trabajo de vivir en una sociedad organizada, la Libertad es posiblemente el más
sagrado.
Al firmar ese contrato social que es una Constitución, y decidiendo
que ésta sea democrática, en el marco de una República, la paisanada determina
cobijarse bajo un manto de protección de sus derechos; todos sus derechos,
desde los individuales, los colectivos, los sociales, incluso aquellos
presuntivos que figuran en las garantías de ese contrato social, y hasta los
difusos que no pertenecen a nadie, y pertenecen a la vez a todos, como es la
misma vida en Democracia, el Ambiente y la Paz social.
La Libertad dice presente en todo enunciado de
Derechos. Ahora, cuando se escarba un poquito en ese concepto, encontramos que,
además se deben contemplar las responsabilidades que conlleva ser y sentirse
Libres.
Pero la Libertad se expresa en diversos aspectos de
la vida personal y social. Y emergen las leyes que regulan, entiéndase bien
aquí, que regulan no la Libertad, sino la garantía de ese derecho por
parte de la Sociedad, y de quienes accidentalmente tienen un Poder delegado
por el paisanaje para administrarla República en todas sus escalas: Nacional,
provincial y municipal.
Uno de esos aspectos, el más vital, es el
derecho a Pensar en y con Libertad, y poder expresar el Pensamiento.
Incluso las leyes escritas jamás podrán intentar cercar el Pensamiento.
Cuando el Gobierno administrador de la cosa
pública, que incluye la grave responsabilidad de administrar la hacienda
popular, los dineros del país, no administra, o administra sesgadamente ese
patrimonio, entonces estamos ante un agravio al mismo Pueblo. Tal
el caso que sucede cuando el accidental ocupante del sillón del Gobierno
administrador, intenta derrotar la Libertad de Pensamiento en
su contundencia que es la Libre expresión de las ideas.
Si la Constitución, toda Constitución, establecen
que habrá obligación del Ejecutivo de hacer públicos sus actos de gobierno, por
ser precisamente republicano, entonces, todo aquel paisano que se dedique a la
profesión de divulgador público de ideas, opiniones, críticas, publicidades,
entretenimientos y demás cosas que hacen a la comunicación, hoy felizmente
dotada de alta tecnología, será destinatario, de acuerdo a normas
expresas, de un pago para difundir los actos de gobierno. Eso, en la jerga
común de los comunicadores sociales, se llama pauta publicitaria, o la
pauta, nomás.
Cuando la pauta es un látigo
Claramente lo indican sucesivos fallos a favor de
la Libertad de expresión, entiéndase bien,la Libertad de Expresión, en
el expediente del caso Juan Guillermo Gonza, en Salta. En los considerandos de
los fallos, incluso de la Corte de Justicia salteña, el definitivo, se sostiene
tal Derecho Humano en toda su magnificencia. No solamente eso: Se determina que
el poder administrador de turno utiliza la pauta como un látigo de
castigar un medio periodístico que contiene diferentes expresiones críticas de
la realidad, entre las cuales las hay aquellas que ponen en evidencia fallas,
ausencias, mentiras, ladronzuelos oportunistas, manipuladores del paisanaje,
etcétera, y las hace públicas, definitivamente, porque esas son,
precisamente, también acciones de gobierno republicano. Entonces, se quita la
pauta, ahogando la garganta, atando las manos y pretendiendo aniquilar por la
fuerza de un Poder mal utilizado, a aquellos que no viven a la sombra del
Poder, y legítimamente deben cobrar sus pautas porque, precisamente, están
legitimados por el Pueblo; a ver si se entiende: Cuando más voluminosa
es la pauta, es porque más llegada tiene el medio que la percibe, más
prestigio tiene, más trabajo honesto; entonces, ahí golpea el Gobierno de turno
circunstancial ocupante del Poder republicano. Azota al que quiere, porque
puede, y tiene lo que hay que tener para ser la voz del Pueblo. El gobierno
no cumple su obligación, a pesar, y esto es una patética contradicción, de
deber pagar a quién tiene más posibilidades de difundir sus noticias
por ser prestigioso, pues considera que no debe expresar lo otro, lo que le
molesta, lo que no le conviene, lo que, en fin, le duele. Y se olvida que la
publicidad de sus actos sanos llega más, cuando le medio es más prestigioso.
Así expresa su denuncia internacional la CIDH en su
documento Anual 2014: “[...] prevenir la posibilidad de que las
facultades estatales sean utilizadas para premiar o castigar a los medios según
su línea editorial [...] y fomentar el pluralismo y la diversidad en el debate
público [...]. Enumera además un decálogo de las conductas atroces
que los gobiernos pueden acometer para callar la Libertad de Expresión, entre
los que cuenta la “Censura indirecta”, que se concreta en la quita de la pauta
oficial.
Cuando la Libertad es un blasón y no un premio
La CIDH en su informe, establece como instrumentos
de legítima defensa de la Libertad de Expresión, las medidas cautelares, a las
que niega carácter de prejuzgadoras sobre el fondo de la cuestión de que se
trate. Pero no queda allí.
La CIDH protege la Libertad de Expresión en los
hechos y no con meros discursos: Denuncia públicamente los hechos que
atentan contra medios libres de prensa, esto es, no sujetos a ni ideológica ni
fácticamente a controles que determinen su línea editorial. Entre esos hechos,
en el ítem Publicidad Oficial, manifiesta “...la inclusión del
Amparo de NUEVA PROPUESTA Y VIAJE DE PESCA”, de la provincia Salta,
República Argentina, como argumento para sostener el combate a la censura por
otros medios.
Por si eso fuera poco el informe 2014 de la CIDH
destaca [un vez más] “...la importancia de la Libertad de Expresión, en sí
misma y en cuanto herramienta esencial para la defensa de todos los demás
derechos [...]”. Qué más que esto, paisanos, para sentirse, al menos
protegidos en la Libertad.
A la luz de nuestra Historia
Así lo afirma mi trabajo titulado Belgrano
y la Educación: “Belgrano amó la prensa, como instrumento para dar a
conocer las ideas, y la consideraba valiosa herramienta para divulgar la
cultura sin ningún tipo de censura o limitación, por lo que de inmediato
hallamos que la une indisolublemente en su sistema de ideas, a la prensa, con
el principio de Libertad. Publica al respecto en el “Correo de Comercio” del 11
de agosto de 1810 el artículo ’’La libertad de la prensa es la principal base
de la ilustración pública”. Al año siguiente, el 8 de noviembre, el Cabildo de
Buenos Aires lo designa elector nato para la Junta Protectora de la Libertad de
Imprenta.”
También, y con esto deseo cerrar mi despacho, cito
las palabras escritas de Mariano Moreno, en el famoso Decreto de supresión de
Honores, con el que le bajara las ínfulas a Saavedra, presidente del a Junta
patriota de 1810 volcadas en la Orden del 28 de mayo, de instalación del
gobierno provisorio, y en su calidad de Secretario: “[...] La libertad de los
pueblos no consiste en palabras, ni debe existir en los papeles solamente.
Cualquier déspota puede obligar a sus esclavos a que canten himnos a la
libertad; y este cántico maquinal es muy compatible con las cadenas y opresión
de los que lo entonan. Si deseamos que los pueblos sean libres, observemos
religiosamente el sagrado dogma de la igualdad [...].”
Qué más, Doña Clota y mis queridos paisanos: Un
gran abrazo a los Periodistas Libres de nuestra amada aldea y del país todo en
el día que debiera llamarse para mayor contundencia: Día de la Libertad
de Prensa.
Edición
impresa en Semanario Nueva Propuesta
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