jueves, 25 de junio de 2015

“La censura indirecta es un crimen de los Estados autoritarios”

El periodista Juan Gonza se refirió al fallo por el cual la Justicia ordenó al Gobierno la restauración de 
la publicidad oficial al medio que dirige.

El periodista Juan Gonza (der.) junto a dos de sus abogados,
Marcelo Arancibia y Gonzalo Guzmán.
Salta – Luego de que la jueza en lo Civil y Comercial de Décima Nominación, Bibiana María Acuña, hizo lugar a la acción de amparo del semanario Nueva Propuesta y ordenó a la Provincia de Salta que restaure la publicidad oficial otorgada a esa publicación, el director de ese periódico, el periodista Juan Guillermo Gonza, ofreció una conferencia de prensa en el Colegio de Abogados de Salta, durante la cual detalló aspectos del fallo tras una lucha judicial de cerca de tres años.

Gonza estuvo acompañado por los abogados Luis Enrique Gonza, Marcelo Arancibia y Gonzalo Guzmán Coraita y, ante sus colegas, el periodista agradeció a las autoridades del Colegio de Abogados por facilitar el espacio para ese encuentro sobre todo en momentos en que “la Justicia, en grado sumo, ha perdido su majestad por culpas propias y ajenas, fundamentalmente ajenas desde el Poder Ejecutivo”.

Posteriormente, resumió todas las instancias judiciales y destacó, fundamentalmente, que el caso del retiro de la publicidad oficial a Nueva Propuesta, fue motivo de que la causa fuera incluida en el informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo de la OEA que “hizo una seria advertencia sobre el sistema de publicidad oficial salteño”.

Gonza expresó que lo que había hecho el Gobierno salteño, con Nueva Propuesta y otros medios, era un delito. “Este crimen que cometen los estados autoritarios es censura indirecta, es decir, sancionar y perseguir ideas y la opinión crítica a través del manejo discrecional de lo que se llama ‘la pauta oficial’ de los dineros del estado destinados a la publicidad”, dijo el periodista.

Más adelante afirmó que “la pretensión nuestra trasciende por lejos a este director de medio, a mi hijo como director de otro medio, a nuestros medios, a nuestros periodistas para proyectarse hacia todo el periodismo. En buena hora que sea otro paraguas protector de este oficio maravilloso, del ejercicio de esta libertad fundamental”.

Aclaró que durante la causa judicial abierta, hubo “un juego de chicanas por parte del Gobierno porque se pretendió encasillar esto como la búsqueda de un resarcimiento económico. Un absurdo ante semejante contundencia de la jurisprudencia arrimada. Esto me motiva a responderle con un tono airado, con un tono de enojo, con un tono de ‘también somos la bronca’. Pretender encasillarnos en ese reclamo económico fue muy canalla”.

Por su parte, el abogado Marcelo Arancibia expresó que el fallo se convirtió en “una lucha por los derechos. Esto es lo que debieran practicar el Gobierno y la Fiscalía y quienes representan que es el constitucional derecho de peticionar a las autoridades un trabajo”.

“Eso no es dádiva ni servilismo, como ellos lo entienden”, aclaró Arancibia y agregó que “es un derecho y ese derecho, en el marco de los que tienen en su corazón como todos ustedes, el principio democrático, sabe que ese derecho debe ser igual porque ‘todos somos iguales ante los iguales’ y lo que se ha reclamado aquí es, nada más y nada menos, que el principal principio de igualdad y el constitucional derecho de peticionar a las autoridades.

Afirmó que ese derecho es “tan sagrados como emitir libremente las opiniones por la prensa sin corrección ni censura previa. Y al coaccionar la actividad económica se está coaccionando el constitucional derecho de publicar libremente las ideas por la prensa”.

Posteriormente, dieron las explicaciones sobre la fundamentación del fallo de la jueza, los abogados Luis Gonza y Gonzalo Guzmán.

Lo que dice el fallo

La jueza Acuña ordenó a la Provincia de Salta que restaure la publicidad oficial que le había sido levantada al semanario Nueva Propuesta y al programa televisivo Viaje de Pesca.

Asimismo, ordenó que para ello la provincia “deberá presentar en el plazo de quince días de quedar firme o consentida la presente (sentencia), un esquema de distribución de publicidad, respetando los términos y principios señalados y los establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los pronunciamientos ‘Editorial Río Negro’ (Fallos: 330:3908) y ‘Editorial Perfil’ (Fallos: 334:109)”.

La magistrada también exhortó a “la demandada a la consideración del dictado de una norma de carácter general, que regule las contrataciones de publicidad oficial, bajo los parámetros señalados en el punto anterior, que garantice la libertad de prensa, contra actos que directa o indirectamente puedan afectarla. Debiendo también, remitirse copia de las presentes actuaciones al Poder Legislativo, para su conocimiento mediante oficio de estilo”.

“La conducta de la accionada evidencia el ejercicio irrazonable de facultades discrecionales”, había especificado la jueza en los considerandos del fallo.

Informe: Agensur.info

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