La Cámara de
Apelaciones resolvió el levantamiento de la restricción que impedía la
divulgación del documental que refleja la lucha de los padres a quienes la
Justicia les impide ver a sus hijos por demandas de sus ex esposas.
Por Victoria
Pellegrinelli
Miguel Paulino Tato no pasó a la historia por su obra
cinematográfica, sino porque dirigió el Ente de Calificación Cinematográfica.
Lo hizo entre agosto de 1974 y el 24 de marzo de 1976, durante el gobierno de
María Estela Martínez de Perón, y siguió hasta fines de 1980 con los militares.
Tato quedó en la historia definido por su rol: el de El Censor.
Tato no sólo calificaba las películas: prohibía su
programación en las carteleras o, en otro modus operandi que llevó a que lo
llamaran El Señor Tijeras, las censuraba previamente a su exhibición.
En pleno siglo XXI, en Argentina, aún persisten intentos de
censurar previamente material fílmico. Pero, a diferencia de aquellos negros
tiempos, es posible revertir el cercenamiento a la libertad de expresión a
través de la vía judicial.
La Sala G de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de la
Capital Federal, compuesta por los jueces Carlos A. Bellucci, Beatriz Areán y
Carlos A. Carranza Casares, resolvió a favor de la productora San Telmo, el
levantamiento de la tutela preventiva o medida cautelar autosatisfactiva que
habían interpuesto la médica María Cristina Ravazzola, la abogada Hilda María
Radrizzani y la psicóloga Susana Tessone, del centro Piaff, para que fueran
eliminadas del film Borrando a papá
sus declaraciones, pese a haber consentido previamente participar del mismo. El
juez Guillermo Blanch había concedido el recurso de amparo a Ravazzola y a sus
colegas, por lo que el documental no pudo estrenarse en las salas
cinematográficas cuando estaba previsto y sí se pudo presentar en otros países
(como Chile, Uruguay, Costa Rica y España) y a través del canal de YouTube.
Borrando a papá es
un documental que, según explica su productor, Gabriel Belanovsky, “denuncia el
negocio de la obstrucción de vínculos”, especialmente de los padres varones
luego de la disolución de las parejas. “Como papá perjudicado, estoy súper
feliz porque de a poco se está cayendo el velo de esta situación horrible de
sustracción del vínculo familiar, que antes de la película estaba completamente
oculta”, explica Belanovsky, quien hace más de diez años que no tiene contacto
con su hija y hasta fue encarcelado y luego excarcelado cuando se demostró que
la acusación de maltrato era falsa.
El derecho a expresar
“La idea subyacente a la prohibición de censura previa consiste
en que resulta muy peligroso otorgar a los poderes públicos, en un proceso
sumarísimo, la posibilidad de impedir la publicación o emisión de un mensaje
debido a su supuesto carácter ofensivo o ilícito, por la facilidad con que tal
decisión puede ser adoptada dado que en tal supuesto no existen los beneficios
de la garantía de la defensa en juicio en toda su extensión. Precisamente, la
finalidad de la tutela constitucional consiste en que la determinación del
carácter ilícito debe ser posterior a la publicación, en un proceso en el que
el responsable de ésta pueda defenderse ampliamente”, señala el fallo de la
Sala G.
Maximiliano Camus, abogado querellante por San Telmo,
especialista en Derecho de Familia y Orientador Familiar, detalla: “El dictado
de la medida del juez Blanch era un acto de censura previa y evitaba la
circulación de las ideas. La sala G revocó el fallo en base a la violación de
los artículos 14 y 32 de la Constitución y el 13 de la Convención Americana de
los Derechos Humanos, que establece que deben permanecer siempre los derechos
antes que un supuesto derecho subjetivo de difamación de las personas”.
En épocas de cámaras ocultas y testigos encubiertos, Borrando a papá se filmó como cualquier
documental, por lo que Camus resalta que las profesionales de la salud
encabezadas por Ravazzola habían brindado su opinión por propia voluntad. “Esto
no fue una cámara oculta, se les dijo que era un documental de género. Es un
acto de autocensura, porque ni los productores ni los directores del film
cortaron una palabra de lo que ellas dijeron. De hecho, se las invitó a ver el
crudo y a debatir, eligieron prohibir antes que debatir. Lograron que el film
se parara, pero a largo plazo la cordura se impone”, resalta Camus.
Desde el punto de vista legal, la complejidad radicó en que
al ser una medida cautelar, la defensa de San Telmo no tuvo oportunidad de ver
la causa previamente a la presentación, ya que el tipo de demanda lo impedía.
Esto fue destacado por la Cámara al momento de dar su fallo.
“El juez Blanch no prohibía el film, sino que exigía cortar
una parte. Y la obra intelectual es una sola, del que la crea. Se sesgaba una
parte fundamental de cómo se trata en la Justicia argentina la relación
paterno-filial, con el mito del padre superfluo. Para nosotros, fue un acto
claro de censura y la cámara revocó de forma categórica el fallo”, concluye
Camus. Aunque aún le queda camino por recorrer: pese a este fallo favorable, Borrando a papá aún no puede ser
estrenada ya que otro profesional de la salud, Enrique Stola, impidió su
presentación por la misma causa que las antes citadas.
© Rouge
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