La progresividad del
impuesto quedó
totalmente perdida en la práctica
Por J. Valeriano Colque (*) |
Las distorsiones que se fueron acumulando en los últimos
años en el Impuesto a las Ganancias para las personas físicas llevaron a que
hoy se genere una situación extrema: o se está exento o se paga prácticamente
la alícuota máxima del 35 %, sin términos medios. Es decir, sin la
progresividad gradual que tiene el tributo en su esquema legal.
La forma de cálculo de Ganancias no es sencilla, no tiene ni
un piso ni un porcentaje igual para todos, y esto tiene su justificación en que
la estructura del tributo pretende ser lo más equitativa posible. Lo que busca
es que paguen lo mismo dos personas que ganen lo mismo, por encima del dinero
que necesitan para vivir; más allá de su nivel de ingreso nominal.
Además, el impuesto tiene una progresividad porque, cuanto
más alto es este monto, más es el porcentaje que se tributa.
Pero, la inflación, con un ajuste discrecional y no todos
los años de las deducciones que forman el piso y con una escala de alícuotas
sin cambios en 15 años, junto con los últimos cambios que aplicó el Gobierno en
2013, la hicieron no sólo más complicada sino, lo que es peor, sumamente
distorsiva e inequitativa.
Además del atraso en los parámetros de cálculo y alícuotas
del impuesto, se fijó como referencia el salario bruto cobrado entre enero y
agosto de 2013 para dividir a los empleados que están exentos (menos de 15 mil
pesos en ese entonces), quienes tienen un piso más alto (entre 15 mil y 25 mil
pesos) y quienes tributan desde una base más baja.
Sin cambios desde entonces, si hoy un trabajador que en ese
período de ocho meses (no hay ninguna justificación de por qué se tomó así)
ganaba menos de 15 mil bruto duplica ese sueldo, sigue exento. En cambio, si
otro empleado, que ganaba 20 mil pesos entonces, hoy está en un sector con
aumentos mínimos y no supera los 30 mil, sí está afectado.
Esta es la realidad para un millón de asalariados y
jubilados (alrededor del 10 % del total) y para otros 800 mil autónomos (cuya
situación se equipara con la de quienes superaban en ese período los 25 mil
pesos).
Unos sí, otros no.
La conjunción de todo lo anterior hizo que quedara un grupo de trabajadores que
sigue exento desde septiembre de 2013 y otro que sufre cada vez más la presión
impositiva porque no hubo ajuste de ninguna variable desde entonces.
Con este panorama es prácticamente imposible que un empleado
esté alcanzado por las alícuotas más bajas (del 9 al 23 %). Y sólo aquellos que
estaban en el límite inferior en 2013 y tienen muchas deducciones están en los
escalones siguientes (27 a 31 %). La mayoría quedó alcanzada por el 35 %, la
alícuota máxima.
Ejemplo. Un empleado
soltero, o sin familiares a cargo (el cónyuge y los hijos sólo se pueden
computar si no tienen ingresos) que en agosto de 2013 cobraba 16 mil pesos
(13.280 neto antes de impuestos), pagó por Ganancias un promedio de 1.070 pesos
desde septiembre de ese año y estaba alcanzado por una alícuota del 27 %.
Luego de un aumento del 10 % en el resto de 2013 y de otro
35 % en 2014 (48,5 % acumulado) pasaría a ganar 23.760 en bruto o 19.721 neto y
la retención de Ganancias se duplica a 3.195 pesos por mes. En este nivel, ya
está con la alícuota máxima del 35 %.
Si durante 2015 se le sumara un incremento salarial del 25
%, pasaría a tributar 5.065 pesos en el inicio del año próximo. Es decir, con
un ¬aumento salarial de 85,63 % en dos años, el pago del impuesto se incrementa
373 % (se multiplica por cuatro).
Si, con el mismo nivel de sueldo, el asalariado tuviera el
cónyuge y dos hijos a cargo, pasaría de pagar 238 pesos por mes de Ganancias en
2013 a 2.263 pesos en la actualidad (casi se multiplica por 10) y el año
próximo empezaría tributando 3.855 pesos mensuales (una suba acumulada del
1.500 %).
De una alícuota del 19 %, hoy ya tributaría al 31 %, y el
año próximo, al 35 %. Este último empleado podría sumar algunas deducciones
más: hasta 20 mil pesos al año de intereses de un crédito hipotecario, hasta 15.552
pesos por una empleada doméstica, las cuotas de una prepaga o los gastos
médicos. Sin embargo, no es posible (salvo que tenga muchos hijos más) que se
encuentre en los primeros escalones de alícuotas.
De esta forma, la progresividad del impuesto, que en el
texto de la ley es clara, quedó totalmente perdida en la práctica.
Un piso para cada uno
Casos. Salarios a
partir de los cuales comenzaría a tributar un trabajador sin cargas de ¬familia
ni otras deducciones (para asalariados, hay que sumar el aguinaldo). Se
consideró el salario bruto cobrado entre enero y agosto de 2013.
Menor a 15 mil pesos.
Exento.
Entre 15.001 y 25
mil. Piso de 8.326 pesos.
Más de 25.001.
Piso de 6.938 pesos.
Autónomos. Piso
de 7.517 pesos.
La renta financiera…¿para
cuándo?
En la Argentina la renta financiera está exenta, al igual
que el juego. En cambio en diversos países de la región la misma se encuentra
gravada con el impuesto a las ganancias. Veamos algunos ejemplos:
Bolivia: Se grava
el interés con la tasa general.
Brasil: El
interés se grava con la tasa general y la ganancia de capital con el 15 %.
Colombia: Se
grava el interés con la tasa general.
Chile: Se graba
el interés con la tasa general.
Uruguay: Se grava
el interés con una tasa entre el 3,5 y
12 %.
Conclusión:
Si se actualizara el mínimo no imponible y la escala de
ganancias (sin actualización desde el año 2000), el gobierno dejaría de
percibir entre 8.000 y 8.500 millones de pesos.
Si se grabara la renta financiera, se recaudaría alrededor
de 16.000 millones de pesos. Y si se contabiliza el interés de los plazos fijos
y se grabara la ganancia de capital, la recaudación ascendería a 21.000
millones de pesos.
(*) Economista
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