Por J. Valeriano Colque (*) |
Son muchos los efectos negativos que tiene la inflación. Uno
de ellos impacta directamente en el sistema tributario del país. La rigidez de
la legislación en contraste con el movimiento diario de los niveles de
inflación produce efectos que golpean directamente sobre la vida impositiva de
cada uno de los ciudadanos que contribuimos con nuestros impuestos al
sostenimiento del Estado.
En el Impuesto a las Ganancias, el desarticulado sistema de
ajuste por inflación, implica que algunos contribuyentes deban pagar por contar
sólo con activos y sin estos les hayan provocado beneficios gravables.
Algo parecido pasa con Bienes Personales. El estático mínimo
no imponible de algo más de 300 mil pesos ya no es un límite tan lejano para
cualquiera. Con la inflación, este importe está al alcance de cualquier
ciudadano con ingresos medios, y así, cualquiera de ellos que adquiera un
inmueble, compre un cero kilómetros o realice una inversión, quedará atrapado
por este impuesto.
El Impuesto al Valor Agregado tampoco queda ileso de los
efectos de la inflación. Y así, por ejemplo, el crédito fiscal utilizable a la
hora de adquirir un automóvil, es casi insignificante; si lo comparamos con lo
que ocurría años atrás. Así, al adquirir por ejemplo un Fiat Siena de 45 mil
pesos uno podía tomarse un mínimo de 5 mil pesos y ahora por igual auto, sólo
se puede tomar igual crédito, pero con la única diferencia de que la unidad
supera ampliamente los 150 mil pesos de valor.
También quedó sumamente atrasado el último movimiento de
escalas en el Monotributo que con la inflación reinante requieren ser
actualizados una vez. Es que quienes se encontraban en las últimas escalas han
quedado fuera del régimen y los que estaban en los primeros escalones,
rápidamente ascendieron sin más justificativo que los efectos negativos de la
inflación.
Los asalariados no están al margen de estos malos efectos,
no sólo sufren la inflación a diario cuando con su salario no pueden acceder a
cosas a las que sí accedían años atrás, sino que desde lo impositivo, y sin el
retoque de los mínimos de Ganancias, muchos ahora quedan atrapados en el
tributo.
Suba incesante del
Impuesto a las Ganancias
Los ingresos fiscales del Gobierno nacional crecieron en
octubre 40,8 % respecto de igual mes de 2013, según informó el administrador
federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray.
Entre las mayores subas sobresalieron dos: los ingresos por
retenciones a las exportaciones–con un 86 % de aumento respecto de octubre de
2013–y los que se explican por el Impuesto a las Ganancias–con una suba de 63
%. La disparada es notoria. En el caso de las retenciones a las exportaciones,
se explica por la fuerte devaluación que hubo entre octubre de 2013 y octubre
de este año (el Gobierno percibe dólares y los contabiliza en pesos).
Pero esa explicación no es válida para Ganancias. Echegaray
atribuyó el crecimiento de ese tributo exclusivamente a “un mayor nivel de
fiscalización”, es decir, a mayores controles. Sin embargo, ese argumento
oculta la razón fundamental por la que Ganancias sube de forma incesante: la
inflación. De hecho, desde que en los últimos años los precios se aceleraron y
el Gobierno nacional se negó a ajustar el mínimo no imponible y los tramos de
alícuotas que pagan los asalariados, Ganancias ha relegado incluso al IVA.
La comparación con el IVA es drástica. Tradicionalmente, la
recaudación por IVA siempre fue mucho más importante que la recaudación por
Ganancias en términos de volúmenes para el Estado argentino.
Sin embargo, en los últimos tres años Ganancias se fue
acercando hasta sobrepasar al IVA. Hoy es el principal impuesto del Estado
argentino, lo que queda aún más claro si se tiene en cuenta la recaudación de
ambos impuestos por las operaciones de comercio interior, excluyendo el
comercio exterior. Estos son los números de los últimos años:
Entre enero y octubre de 2012, el Estado recaudó 108,7 mil
millones de pesos por IVA y 105,9 mil millones por Ganancias. Fue el último
período en que IVA superó a Ganancias.
Entre enero y octubre de 2013, la recaudación de Ganancias
alcanzó a 141,8 mil millones de pesos, contra 139,2 mil millones de pesos de
IVA.
En lo que va de 2014 Ganancias dejó completamente atrás al
IVA: 201,1 mil millones de pesos contra 186,9 mil millones de pesos.
¿Cuál es la razón? Más allá de la explicación de Echegaray,
lo cierto es que la inflación impacta por una triple vía sobre Ganancias y no
por una sola, como sucede con el IVA.
Cuando los precios de las mercaderías y los servicios suben,
la recaudación de IVA también se incrementa, porque siempre es el 21 % de las
operaciones gravadas. Eso también sucede, por ejemplo, con el gravamen de
Ganancias sobre los salarios. Si los salarios suben, también sube el excedente
sobre el que se paga Ganancias. Pero en el caso de Ganancias hay dos vías más
por las cuales el impuesto golpea, en particular a los asalariados: Cada vez
que los sueldos suben, hay una mayor cantidad de empleados que pasan a pagar y
que antes quedaban fuera de la red de la Afip. O sea: se incrementa la base de
contribuyentes de hecho. Es como si, de pronto, se inventaran nuevas
actividades comerciales y éstas pasaran a ser alcanzadas por el IVA.
Por otra parte, cada vez que los salarios suben, quienes ya
pagaban tienden a pasar de categoría y a tributar una alícuota mayor que la
anterior, o sea un mayor porcentaje sobre una cantidad nominal mayor de pesos.
Sin necesidad de pasar una ley por el Congreso, hay de hecho una suba de
impuestos. Todo esto sin que el poder de compra del salario en cuestión haya
aumentado. O, incluso, pese a que haya disminuido en relación a la inflación.
Hay más: llega un punto en que el “efecto inflación” sobre
el IVA puede volverse en contra, porque la pérdida de poder adquisitivo de los
ingresos es tal que el consumo real se reduce. Es lo que puede terminar pasando
este año en que la inflación se combina con un estancamiento o retracción
económica. Pero eso no sucederá con los salarios: no importa qué se haga con el
sueldo, sobre él siempre se pagará más Ganancias.
Públicos y privados.
En los últimos 12 meses, el índice de salarios mostró una suba de 32,5 % en los
empleados privados y de 34,6 % en los empleados públicos, según el Indec. Para
el organismo, los ingresos del empleo en negro mejoraron 41 %.
Mayor impacto del
Impuesto a las Ganancias en el segundo semestre
Para el millón de trabajadores asalariados que están pagando
el Impuesto a las Ganancias, el impacto del tributo en la segunda mitad del año
será sustancialmente más elevado que en el primer semestre. En algunos casos,
podría llegar a pagarse más del doble. En realidad, el verdadero problema de
este gravamen no es la cantidad de empleados que están alcanzados (tiene razón
el jefe de Gabinete al señalar que no aumentan desde el año pasado) sino cuánto
paga cada uno.
Más allá de la falta de actualización del piso a partir del
cual se tributa (conocido comúnmente como mínimo no imponible), lo importante
ahora es modificar la escala de alícuotas. Como Ganancias es un impuesto–en
teoría–progresivo, a medida que sube la base imponible aumenta la alícuota (va
desde el 9 al 35 %). Así, quienes más ganan, pagan más. Lo que sucede es que,
como el salto de una alícuota a otra más alta es tan chico por el efecto de la
inflación durante estos 14 años, quien empieza a tributar pasa rápidamente a
tasas más altas y con muy poco aumento salarial (que encima no significa un
mayor poder adquisitivo) queda alcanzado por el 35 %.
Qué pasa con aumentos
y aguinaldo. Por el efecto de la desactualización de la tabla de alícuotas,
un aumento de sueldo o el cobro del aguinaldo puede impactar mucho más en la
retención de Ganancias, con lo cual la suba salarial es, finalmente, menor (en
algunos casos puntuales, incluso puede ser negativa).
En particular, el cobro del sueldo anual complementario (un
50 % más junto con el salario de junio) tiene un alto impacto y es casi seguro
que el empleado pase a una alícuota más alta (incluso pase más de una escala)
durante la segunda mitad del año.
¿Por qué sucede esto? Por la particular forma de cálculo del
impuesto. Ganancias es un impuesto anual pero que, en el caso de los
asalariados, se va anticipando en forma mensual (al cierre del año se realiza
la liquidación final). Para estimar la retención cada mes, el empleador toma el
valor acumulado de los ingresos del trabajador y les resta el monto acumulado
de las deducciones permitidas por la ley. Estas deducciones son iguales todos
los meses (el valor anual dividido en 12), salvo cambio en las normas. En
cambio, los ingresos pueden aumentar o disminuir por varias causas: horas
extras, vacaciones, feriados, bonos, aguinaldo. Así, en los meses en que los
ingresos suben, como el monto por deducir para calcular la base imponible no
varía, el impuesto también aumenta. El tema es que, por efecto de la escala
desactualizada, es muy probable que el empleado esté alcanzado por una alícuota
más elevada, con lo cual la retención de Ganancias sube más que el aumento
salarial.
Un caso. Se toma
el caso de un empleado que puede deducir a su cónyuge (quien no trabaja) y a
dos hijos menores, que ganaba un sueldo neto de 17 mil pesos en enero. Se
realiza la suposición de dos aumentos de sueldo de 15 % cada uno, en abril y en
septiembre, con un acumulado anual de 32,25 %. Este trabajador, empieza pagando
815 pesos de Ganancias en enero, el 4,8 % de su salario neto.
Pero, cuando en abril aumenta el sueldo, la retención de
Ganancias se eleva a 1.428 pesos, un 75 %, y pasa a ser el 7,3 % de su sueldo.
Así, en lugar de una suba salarial de 15 %, a su bolsillo va a parar sólo un 12
% extra. Cuando cobra el sueldo de junio con el aguinaldo (el 50 % más), la
presión tributaria crece mucho más. Puntualmente, pasa a pagar 4.233 pesos, el
14,4 % de su sueldo. Esta carga vuelve a bajar en julio, pero el contribuyente
se queda en un escalón superior al de mayo por el arrastre del aguinaldo.
Con la segunda recomposición salarial de septiembre vuelve a
suceder algo similar, pero agravado, porque pasa a estar alcanzado por una
alícuota mayor. Ahora, tendrá que abonar
2.326 pesos de impuesto, el 10,3 % de su salario. Y del 15 % de aumento de
sueldo, sólo recibe el 11 %.
En diciembre, con el segundo aguinaldo, el pago de Ganancias
trepa a 5.862 pesos, el 17,4 % del sueldo.
Así, en todo 2014, terminaría tributando 25.395 pesos, el
9,8 % de su ingreso neto. Si el contribuyente no hubiera tenido ningún aumento
salarial (que encima, obvio, no implicó una mejora en su poder adquisitivo sino
un acomodamiento, incluso por debajo, a la inflación), hubiera pagado 14.147
pesos.
En conclusión, gana un 32,25 % más, pero el aumento del
tributo es el 80 %, con lo cual la suba de sueldo se limita a sólo 13,3 %.
Cálculo para 2014.
Mínimos diferentes. Desde septiembre del año pasado, el Gobierno hizo
cambios y ya no se pueda hablar de “un” mínimo no imponible. Hay distintos
valores según los casos.
Referencia. Para
clasificar a los empleados se toma como referencia el mejor sueldo bruto
cobrado entre enero y agosto de 2013. No importa si después varió o si cambió
de trabajo.
Parámetros. Los
que en esos meses no superaron los 15 mil pesos brutos de sueldo, quedaron (y
siguen) exentos de Ganancias. Quienes cobraban entre 15 mil y 25 mil tienen
deducciones (forman el piso a partir del cual se tributa) un 20 % más altas:
sin cargas de familia ni otras deducciones suman 108.242 pesos en el año.
Quienes superaron los 25 mil a principios de 2013 tienen el mínimo no imponible
más bajo (ergo, una carga mayor): 90.202 $/año.
(*) Economista
© Agensur.info
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