Es en una causa por
presunta estafa a la administración pública y la caída del Banco de Mendoza
S.A.
Raúl Moneta seguirá imputado en una causa por presunta estafa. |
Nacionales - La
Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el sobreseimiento de Raúl Moneta
en el marco de una causa por presunta estafa en perjuicio de la administración
pública.
Con las firmas de los jueces Elena Highton de Nolasco,
Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, el Máximo Tribunal
compartió los fundamentos del fiscal Eduardo Casal, y declaró procedente el
recurso extraordinario de la querella (Banco Central de la República
Argentina).
Así, revocó la sentencia apelada en cuanto había dispuesto
el sobreseimiento por inexistencia de delito respecto de los imputados Carlos
Alejandro Molina, Jorge Saúl Maldera, Eduardo Antonio Lede, Juan Carlos Bietti,
Pablo Juan Lucini, Benito Jaime Lucini, Raúl Pedro Moneta y Jorge Enrique
Rivarola.
En la causa se les atribuyó a los acusados formar parte de
una asociación ilícita que tenía por finalidad cometer diversos delitos. Ésta
habría funcionado dentro del Banco República S.A. y los hechos ilícitos
cometidos incluyen, por un lado, los que produjeron que el Banco de Mendoza
S.A. dejara de funcionar, y, por otro, los que confluyeron en la obtención
fraudulenta de beneficios económicos por parte del Banco Central en favor del
Banco República por un monto aproximado de 140 millones pesos.
En rigor, se investiga si las maniobras de los
administradores del Banco República – en torno a la verdadera vinculación
societaria de esa entidad con el CEI Citicorp Holding S.A. y con el Federal
Bank Ltd.- pueden reputarse como constitutivas del delito de estafa en perjuico
de la administración pública. Se afirma en ese sentido que el ocultamiento de
tales circunstancias, relativas a la conformación del grupo, habría determinado
al Banco Central a conceder por error condonaciones de cargos al Banco
República (impuestos como consecuencia de los incumplimientos de la institución
a cargo de los imputados a las normas
técnicas del órgano de contralor).
En la sentencia de sobreseimiento, el juez federal consideró
que si bien los denunciados habían incurrido en falsedades de diversa
naturaleza con el objeto de ocultar la real vinculación societaria que el Banco
República mantenía tanto con el CEI como con el Federal Bank, la conductas
comprobadas no habían sido idóneas para provocar un error penalmente relevante
y por ende correspondía desvincularlos del caso. Tal decisión había sido
confirmada tanto por la Cámara Federal revisora como por el tribunal a quo, que
no había tratado los agravios puntuales de la querella.
De contrario, ante el recurso del Banco Central, el fiscal
consideró arbitrarias las conclusiones de la jurisdicción y afirmó que se daban
en el caso los elementos típicos de la la estafa –engaño, error y perjuicio- y
por ende el pronunciamiento que desvinculaba a los imputados debía ser revocado
haciendo lugar a la impugnación federal para que se prosiga la investigación.
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