La Justicia dio lugar
a la denuncia contra la Presidenta pro la presunta intención de beneficiar a la
petrolera Chevron.
La presidenta Cristina Kirchner será investigada por la Justicia. |
Nacionales – La denuncia presentada por diputados de Nueva
Izquierda al sostener que el Gobierno habría beneficiado a Chevron en Vaca
Muerta y que habría daño ambiental por el fracking, tuvo eco en la Justicia. La
Cámara Federal porteña ratificó la decisión de la jueza federal María Servini
de Cubría de investigar a la presidenta Cristina Kirchner por la firma del decreto
929/13 dando cobertura legal al acuerdo firmado entre la petrolera argentina YPF y Chevron.
La Cámara Federal porteña ratificó este martes que la
presidenta Cristina Kirchner debe ser investigada por la firma del decreto
929/13 sobre hidrocarburos, tras una denuncia por la presunta intención de la
Presidenta de beneficiar a la petrolera Chevron y por riesgo ambiental a raíz
del fracking.
El decreto al que refiere la denuncia se refiere al acuerdo
entre YPF y Chevron.
La decisión fue de la Sala II del tribunal de apelaciones
que ratificó una decisión de la jueza federal María Servini de Cubría quien
había dispuesto que se emitiera un nuevo dictamen fiscal para impulsar la
investigación contra la presidenta Cristina Kirchner.
En la causa, el fiscal federal Eduardo Taiano había
desestimado la denuncia y rechazó impulsar la investigación, medida que fue
anulada por Servini de Cubría, en una decisión que ahora respaldó la Cámara.
De esta manera, Taiano deberá decidir si elabora un dictamen
impulsando la investigación o se nombra un nuevo fiscal, que cumpla lo ordenado
por la Cámara Federal.
En la denuncia, que había sido presentado por diputados de
Nueva Izquierda (Bodart y Viale) se sostiene que el decreto habría beneficiado
a Chevron en Vaca Muerta y que habría daño ambiental por el fracking.
"Es preciso recordar que en la denuncia que encabeza
este legajo se afirmó que el Decreto 929/13 se dictó en franca violación a lo
dispuesto en la Ley 17.319 de Hidrocarburos y su modificatoria Ley 26.197,
siendo sus disposiciones contrarias a lo dispuesto por el artículo 124 de la
Constitución Nacional", sostuvieron en su resolución los camaristas Horacio
Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun.
"Es necesario señalar que la conclusión a la que arribó
el Sr. Fiscal no sólo estuvo anclada en una visión estrictamente formal de los
hechos, sino también parcializada, pues ha soslayado otros aspectos que fueron
incluidos en la ampliación de la denuncia, como ser la falta de remisión del
Decreto a la Comisión Bicameral Permanente, en violación a lo dispuesto por la
Ley 26.122", agregaron.
"La totalidad de las circunstancias apuntadas son las
que permiten sostener que el dictamen bajo análisis carece de validez
argumental suficiente", se concluyó.
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