Es por la venta a “precio
vil” del predio que hoy ocupa la Sociedad Rural Argentina.
Carlos Menem fue procesado otra vez por la venta de la Rural. |
Judiciales - La
Cámara Federal porteña procesó este martes al expresidente Carlos Menem por la
venta del predio de la Sociedad Rural en
Palermo, a “precio vil” cuatro veces inferior al de mercado, en 1991.
Menem quedó imputado por el delito de peculado previsto en
el artículo 261 del Código Penal, que pena
de dos a diez años de prisión al
funcionario público que “sustrajere caudales o efectos” cuya administración le hubiera sido confiada en
razón de su cargo.
En un fallo de la Sala II, el tribunal revocó el sobreseimiento del expresidente y ordenó al
juez que fije un embargo sobre sus
bienes, al tiempo que confirmó el procesamiento
del ex ministro de Economía, Domingo Cavallo, por idéntico delito. “Las
pruebas reunidas indican que todos los imputados tomaron parte en una operación ideada conjuntamente,
mediante la cual se sorteó la necesaria
intervención del Congreso de la Nación -y de
entes cuya opinión no fue requerida- y se acordó un precio vil para la enajenación”, señala el fallo firmado por
los camaristas Horacio Cattani, Martin
Irurzun y Eduardo Fara.
Los peritos tasadores de la Corte Suprema de Justicia concluyeron que al momento de la cesión del
predio palermitano a la Sociedad Rural,
que hasta entonces lo arrendaba, el valor piso que correspondía asignar a los terrenos era de $
131.800.000 pesos/dólares.
El traspaso aprobado por Menem mediante el decreto 2699
del 20 de diciembre de 1991 fijó el
valor en 30 millones de dólares, firmándose ese mismo día el boleto de
compra-venta, y la hipoteca según la
cual se abonarían diez millones al inicio y el resto en diez cuotas anuales, iguales y consecutivas
de dos millones de dólares. Dicha
tasación fue elaborada en solo once días por Juan Insua, Raúl Angelini, Ricardo Schapiro y Juan Carlos Raco, funcionarios del Rubro Inmuebles del Banco
Ciudad a pedido del director de la Comisión
Venta Inmuebles Estatales, Gastón Figueroa
Alcorta.
Los camaristas recordaron que en el expediente otros funcionarios del área legal ponderaron el
precio en un mínimo de 60 millones, pero
en todos los casos el decreto presidencial eludió que el tema fuera tratado en el Congreso mediante
una ley especial. Los jueces Cattani, Irurzun y Farah consideraron en su resolución que el acto donde se aprobó la
venta del Predio
Ferial de Palermo
-decreto n° 2699 del 20 de diciembre de
1991-“resulta un eslabón más de todos los demás hechos que, con acierto, se entendieron constitutivos de una
maniobra delictiva urdida con el
propósito de sustraer al bien del patrimonio estatal (art. 261, primer párrafo, del CP)”.
El fallo confirmó también el procesamiento y embargo de
Cavallo con la misma responsabilidad que Menem y de Matías Ordóñez, Gastón Figueroa Alcorta; Eduardo De Zavalía,
Juan A. Ravagnan, Juan M. Insua, Raúl O. Angelini, Ricardo I. Schapiro, Jorge Frost, Carlos A. Ratto y Daniel I.
Ivakhoff, involucrados en la maniobra con diverso grado de participación.
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