lunes, 27 de enero de 2014

Pueden comprar hasta 2.000 dólares los que ganen más de $ 7.200

Jorge Capitanich explicó la operatoria
para la compra de dólares.
Economía - "Todos los trabajadores registrados en relación de dependencia, autónomos y monotributistas registrados" que "perciban, como mínimo, más de $ 7.200 podrán adquirir "como máximo 2.000 dólares" por mes. Así lo hizo saber el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, al explicar cómo serán las operatorias para la adquisición de monedas extranjeras en el país. Expresó que se aplicará una percepción de recargo del 20% para la compra de dólares para atesoramiento.

El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, anunció que "todos los trabajadores registrados en relación de dependencia, autónomos y monotributistas registrados" que "perciban, como mínimo, el equivalente a dos sueldo mínimo vital y móvil”, podrán adquirir "como máximo 2.000 dólares" por mes.

El funcionario también señaló que a la compra de dólares para atesoramiento se le recargará el 20 por ciento del total de la compra, mientras que para turismo "no hay cambios", por lo tanto se mantendrá en 35 por ciento.

Según se publicó en el Boletín Oficial, se establece "un régimen de percepción del veinte por ciento (20%) que se aplicará sobre las operaciones de adquisición de moneda extranjera efectuadas por personas físicas para tenencia de billetes extranjeros en el país de acuerdo a las pautas operativas que, en el marco de la política cambiaria, determine el Banco Central de la República Argentina".

Sin embargo, se establece que "no será aplicable la percepción cuando la moneda extranjera adquirida sea depositada, por un lapso no inferior a 365 días, en una cuenta de una entidad financiera comprendida en la Ley N° 21.526 y sus modificaciones, a nombre del adquirente de la misma y conforme el procedimiento que establezca el Banco Central de la República Argentina".

"La percepción que se practique por el presente régimen se considerará pago a cuenta de los tributos que, para cada caso, se indica a continuación: a) Personas Físicas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias: Impuesto sobre los Bienes Personales. b) Demás Personas Físicas: Impuesto a las Ganancias", se añadió.

Junto al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, Capitanich explicó que la compra de divisas extranjeras se realizará a través de un formulario en la página del organismo recaudador y remarcó que solo podrán acceder a la compra aquellos que "perciban el equivalente a dos sueldos mínimos, que es (en total) de 7.200 pesos".


Informe: Agencias

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