jueves, 28 de noviembre de 2013

Es ley el proyecto que endurece las penas para los responsables de accidentes de tránsito

La nueva norma contempla agravantes como el consumo de estupefacientes o alcohol en cantidades considerables.

Diputados convirtió en ley el proyecto que endurece las
penas para responsables de accidentes de tránsito.
Nacionales Esta ley persigue “todas aquellas conductas que generan un grave daño en nuestra sociedad, que aqueja a quienes no encuentran justicia, y padecen día a día la impunidad de un sistema de justicia", dijo el diputado oficialista Oscar Albieu, titular de la Comisión de Legislación Penal tras ser aprobada la ley que endurece las penas a responsables de accidentes de tránsito. Los agravantes.

La Cámara de Diputados convirtió este jueves en ley el proyecto que tipifica en artículos especiales el homicidio culposo y las lesiones culposas causadas al conducir un vehículo, con penas mínimas más elevadas en un sistema de agravantes para determinadas circunstancias.

El proyecto incorpora como artículo 84 bis al homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor.

Al respecto, califica como agravantes si median estupefacientes, alcohol en cantidades considerables, velocidad cuando su exceso sea muy por encima de la permitida, la fuga del autor luego de cometido el hecho y la no prestación de auxilio a la víctima.

Con idéntico criterio se estipularon los agravantes para las lesiones culposas incorporando el 94 bis.

Actualmente, el límite de alcohol permitido es 0,5 gramos por litro de sangre y su consumo por encima de ese índice está claramente encuadrado en conducción antirreglamentaria, lo que está respetado en la ley.

Sin embargo, hubo consenso en crear un agravante para cuando esta conducta antirreglamentaria llegara a otro límite, que es necesario volcar en la ley, y que se vio traducido en 1 gramo por litro de sangre, para lo que se estipula una pena en el caso del homicidio de 3 a 6 años y para las lesiones de 10 meses a 3 años.

La idea del agravante por exceso de velocidad, se pensó para casos en los que la falta por exceso de velocidad sea considerablemente mayor a la permitida, exceso que fijaron en 50 kilometros por hora por encima del límite.

El diputado rionegrino Oscar Albrieu (FpV), presidente de la comisión de Legislación Penal, señaló que "esta iniciativa es una expresión más de un Estado involucrado con las víctimas, presente en la persecución de todas aquellas conductas que generan un grave daño en nuestra sociedad, que aqueja a quienes no encuentran justicia, y padecen día a día la impunidad de un sistema de justicia".

"Un sistema que aún quizás no comprende la magnitud de estos casos, y de una sociedad que lamentablemente aún tolera este tipo de conductas" agregó, aunque sostuvo que esto ocurre "por fortuna cada vez menos, en cierto modo por el trabajo que todas las organizaciones que nos acompañaron en esta redacción vienen haciendo todos los días de su vida".

La iniciativa fue aprobada por la mayoría de las bancadas, a excepción de los legisladores del PRO, algunos de los cuales votaron en contra y otros se abstuvieron.

Informe: Agencias y Agensur.info

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