martes, 29 de octubre de 2013

Aumenta el monotributo que irá de $296 a $342

Ricardo Echegaray, titular de la AFIP
anunció el aumento del monotributo.
Economía – Se publicó en el Boletín Oficial la resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentando el monto que los monotributistas deberán pagar para el financiamiento del Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Registro Nacional de Obras Sociales. La resolución, que lleva la firma de su titular, Ricardo Echegaray, estableció que los nuevos aumentos pasarán de los $296 actuales a $342, es decir, más del 15%.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió un aumento, a partir de noviembre, del monto que los monotributistas pagan al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Registro Nacional de Obras Sociales, que pasará de $ 100 a $ 146, para los titulares, y de $50 a $ 73, por cada familiar a cargo incluido en el plan de la obra social.

Según explica la resolución general 3533, publicada este martes en el Boletín Oficial, firmada por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, el cambio en el valor que los trabajadores del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes deben pagar se debe a razones de “administración tributaria” y a “la necesidad de mantener el debido financiamiento” del sistema para “garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas”.

Por lo tanto, la cuota más baja, entre el aporte a las obras sociales y aporte jubilatorio, pasará de $296 a $342 lo que representa un aumento de hasta 15, 5% en la cuota.

Sólo el pago impositivo diferencia los importes a pagar según el monto que factura el contribuyente: por la salud y la jubilación se abona lo mismo tanto en la categoría más baja como en la más elevada.

Fragmento textual de la resolución:

Artículo 1° - Fíjase el valor de la cotización fija con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud previsto en el inciso b) del artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS ($ 146.-).

Art. 2° - Fíjase el valor de la cotización fija con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales previsto en el inciso c) del artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS ($ 146.-) .

Art. 3° - Sustitúyense en la tabla del artículo 30 de la Resolución General Nº 2746 y sus modificatorias, las expresiones ‘100‘ y ‘50‘ por las expresiones ‘146‘ y ‘73‘, respectivamente.

Art. 4° - Las disposiciones que se establecen en esta resolución general resultarán de aplicación a partir del 1 de noviembre de 2013, inclusive.

Informe: Agencias

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