miércoles, 14 de agosto de 2013

Convocan al Estado Nacional y al Grupo Clarín y a una audiencia pública por la ley de medios

La Corte Suprema convocó a una
audiencia pública por la ley de medios.
Judiciales - El Estado Nacional, el Grupo Clarín y 10 amicus curiae fueron convocados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a una audiencia pública para que opinen si la ley de medios es o no constitucional. La convocatoria del máximo cuerpo de justicia es para el 28 de agosto próximo, ocasión en la que también participarán los peritos que intervinieron en la causa. Luego de las opiniones vertidas en la audiencia pública por las partes, la Corte se expedirá sobre la polémica norma.

La Corte Suprema de Justicia convocó este miércoles a una audiencia pública para el próximo 28 de agosto para que el Estado Nacional, el Grupo Clarín y 10 amicus curiae opinen sobre si la ley de medios es o no constitucional sobre lo que el Tribunal debe expedirse luego.

Fuentes del Tribunal informaron a Noticias Argentinas que desde la Corte Suprema se convocó a las partes (Grupo Clarín y el Estado Nacional) que deberán unificar la representación, 10 amigos del Tribunal (cinco de cada parte) y a peritos que intervinieron en la causa en la que la Cámara Civil y Comercial Federal declaró una inconstitucionalidad parcial.

La decisión de la Corte es a raíz de la relevancia pública que tiene el tema, y que la audiencia pública fue un pedido hecho por amicus curiae.

El planteo por la ley

El planteo contra la ley de medios llegó a la Corte tras un fallo de primera instancia favorable al Estado y otro, de segunda instancia, que le dio la razón al Grupo Clarín.

En diciembre del año pasado, el juez federal civil y comercial Horacio Alfonso declaró constitucional la controvertida ley y rechazó todos los argumentos que había examinado el Grupo Clarín sin siquiera revisar las pruebas del expediente.

Pero en abril último, la Cámara Federal, bajo presiones del Gobierno, revocó parcialmente esa sentencia: el tribunal declaró inconstitucional parte dos de los cuatro artículos que había impugnado el citado grupo periodístico.

En ese momento, la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial entendió que los artículos 45 y 48 eran inconstitucionales. El 45 fija varias restricciones a la cantidad de licencias de FM, AM, TV abierta y por suscripción en manos de una misma empresa, y establece múltiples incompatibilidades a la propiedad cruzada de esos medios. Y el 48 impide argumentar derechos adquiridos sobre licencias obtenidas antes de la sanción de la ley.

Informe: NA y LN

Audiencia Ley de Medios by Nelson Muloni

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