El Banco Central deberá emitir los CEDIM en dólares estadounidenses. |
El Gobierno nacional promulgó este lunes la ley que autoriza
el blanqueo de capitales, a través de su publicación en el Boletín Oficial.
Se trata de la ley 26.860, sobre "Exteriorización
voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el
exterior", que había sido sancionada por el Congreso la semana pasada.
A raíz de esta medida, el Ministerio de Economía fue
autorizado a emitir el "Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo
Económico (BAADE)", registrable o al portador, y el "Pagaré de Ahorro
para el Desarrollo Económico".
"Ambos instrumentos estarán denominados en dólares
estadounidenses y tendrán las demás condiciones financieras que se determinen
al momento de su emisión. Los fondos originados en la emisión a efectuarse
serán destinados, exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión
pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos",
destacó la ley.
Además, la norma autorizó al Banco Central a emitir el
"Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN)", en dólares
estadounidenses, que será nominativo y endosable, "constituyendo por sí
mismo un medio idóneo para la cancelación de obligaciones de dar sumas de
dinero en dólares estadounidenses y cuyas condiciones financieras serán
establecidas por normativa" de la autoridad monetaria, según el texto
aprobado por el Parlamento.
De este modo, las personas físicas, las sucesiones indivisas
y los sujetos comprendidos en el artículo 49 de la Ley de Impuesto a las
Ganancias, inscriptos o no, "podrán exteriorizar voluntariamente la
tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior", de acuerdo con
la ley.
La exteriorización comprende la tenencia de moneda
extranjera en el país y en el exterior al 30 de abril de 2013, inclusive,
aclaró la medida oficial, que consta de 22 artículos.
Y puntualizó que también podrá incorporarse la tenencia de
moneda extranjera en el país y en el exterior que resulte del producido de
bienes existentes al 30 de abril de 2013.
"Ninguna de las disposiciones liberará a las entidades
financieras o demás personas obligadas, sean entidades financieras, notarios
públicos, contadores, síndicos, auditores, directores u otros, de las
obligaciones vinculadas con la legislación tendiente a la prevención de las
operaciones de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo u otros delitos
previstos en leyes no tributarias, excepto respecto de la figura de evasión
tributaria o participación en la evasión tributaria", advirtió la ley.
0 comments :
Publicar un comentario