miércoles, 15 de mayo de 2013

Tramita la Corte un planteo de recurso federal en la causa por la muerte del niño Córdoba

La Corte deberá decidir sobre un
recurso federal en el caso Córdoba.
SaltaLa Corte de Justicia de Salta tramita el planteo de un recurso extraordinario federal efectuado por la defensa de uno de los acusados por el homicidio en accidente de tránsito del niño Marco Córdoba, acaecido hace poco más de cinco años. La defensa del acusado Gabriel Humberto Morales había pedido la suspensión del juicio a prueba, lo que fue rechazado en primera instancia y ratificado por la Corte la que ahora deberá decidir si hace lugar o no al recurso federal.

En la causa por la muerte del niño Marco Alberto Córdoba en un accidente de tránsito hace poco más de cinco años, la Corte de Justicia de Salta tramita el planteo de un recurso extraordinario para acceder al fuero federal, iniciativa efectuada por la defensa de uno de los imputados en esta causa.

El expediente está caratulado como “Ovando José Alberto; Morales Humberto Gabriel, por homicidio agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y lesiones culposas en accidente de tránsito ambos en concurso ideal en perjuicio de Córdoba Marcos Alberto, Córdoba Raúl Exequiel, Córdoba Leandro José, Córdoba Raúl Alberto y López Marcela Isabel” y ya había tenido una resolución del Juzgado en lo Correccional y de Garantías de Séptima Nominación, en septiembre de 2011, rechazando un pedido de la defensa del imputado Humberto Gabriel Morales para que se suspenda el juicio a prueba.

La magistrada a cargo de ese juzgado fundamentó su rechazo al pedido de suspensión en la consideración de que el hecho “reviste una gravedad de gran envergadura y que ello exige celebrar la audiencia de debate a fin de dilucidar lo verdaderamente ocurrido”.

La defensa decidió, entonces, plantear un recurso de casación ante la Corte de Justicia contra la resolución del Juzgado en lo Correccional y de Garantías de Séptima Nominación, pero el alto tribunal desestimó, en febrero pasado, el planteo de casación argumentando que el artículo 76 bis del Código Penal que supedita la concesión de la suspensión del juicio a prueba “a las circunstancias del caso” y establece que el Tribunal “podrá” suspender la realización del juicio, lo cual implica una facultad y no un deber establecida en la ley.

Ello motivó que la defensa de Morales planteara el recurso extraordinario federal que podrá ser concedido o no por la Corte de Justicia de Salta, según lo informado oficialmente.

Informe: Agensur.info

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