Fuentes judiciales informaron que por unanimidad el alto
tribunal declaró inadmisible el per saltum al considerar que el Gobierno
Nacional no sufrió agravio alguno luego que el juez de primera instancia
Horacio Alfonso decretase la constitucionalidad de la Ley de Medios.
El Máximo Tribunal se reunió este jueves a la mañana para
analizar los dos pedidos del Gobierno. Por un lado, el "per saltum"
que solicitó para que sea el máximo tribunal quien determine "de
inmediato" la constitucionalidad de la norma. Por el otro, el de declarar
extinguida la medida cautelar dictada por la Cámara Civil y Comercial Federal a
favor del grupo Clarín.
La opinión mayoritaria de los jueces del máximo tribunal,
que preside Ricardo Lorenzetti , fue la de rechazar ambos pedidos.
Ambos temas fueron analizados en la reunión de acuerdos, que
habitualmente se realiza los martes y que se difirió para este jueves por las
fiestas de la Navidad.
De esta manera, sigue sin resolverse definitivamente la
"cuestión de fondo", es decir, la validez de los dos artículos de la
ley de medios que están en discusión: el 45 (que pone un límite a la
multiplicidad de licencias) y el 161 (que obliga a ceder licencias cuyo plazo
no venció).
El Gobierno había presentado un recurso de "per
saltum" tras el fallo del juez de primera instancia, Horacio Alfonso, que
no obstante había sido favorable a las aspiraciones del Ejecutivo al determinar
que los artículos de la ley que están en discusión son constitucionales.
El Gobierno no podía apelar esa sentencia porque le fue
favorable, pero lo hizo igual para esquivar la intervención de la Sala I de la
Cámara Federal, donde cree que hay un ánimo contrario al oficialismo.
Este jueves, los jueces de la Corte Suprema se inclinaron
por rechazarlo. El Gobierno pretendía que la Corte se definiera sobre el fondo
del asunto. Los artículos 45 y 161 de la ley de medios no sólo obligarían al
Grupo Clarín a vender licencias de radio y de televisión, sino que también
tendrían un impacto directo sobre el servicio de la TV por cable y de Internet.
Informe: NA y LN
0 comments :
Publicar un comentario