jueves, 27 de diciembre de 2012

Confirman sobreseimiento de De la Rúa

Fue confirmado el sobreseimiento
del expresidente de la Nación,
Fernando de la Rúa (izq.).
Judiciales - "No puede pretenderse ubicar al imputado como garante de comportamientos ajenos cuando se tuvo por probado que desconocía los supuestos excesos en los que habían incurridos sus inferiores durante el Estado de Sitio", dijo el fallo de la Cámara de Casación Penal que confirmó el sobreseimiento del expresidente Fernando de la Rúa en la causa por los graves episodios de diciembre de 2001.

La Sala Primera de la Cámara Nacional de Casación Penal, confirmó el sobreseimiento del ex presidente Fernando de la Rúa en la causa por los sangrientos episodios de diciembre de 2001, con un saldo de 33 muertos en todo el país.

El tribunal sostuvo que "no existió ilegitimidad" en el dictado del Estado de Sitio decretado por De la Rúa, considerado por la fiscalía como el detonante de la brutal represión que culminó con más de 30 muertos y cientos de heridos.

En esta causa, el ex presidente había sido juzgado por las cinco muertes ocurridas en esta capital, la de Gustavo Benedetto, de 23 años; Carlos Almirón, también 23; Diego Lamagna, 27 años, gastón Riva, de 31 y Alberto marque, de 57, además de 117 personas heridas.

Por el voto unánime de sus integrantes, el tribunal confirmó que "no puede pretenderse ubicar al imputado como garante de comportamientos ajenos cuando se tuvo por probado que desconocía los supuestos excesos en los que habían incurridos sus inferiores durante el Estado de Sitio".

"La validación del Estado de Sitio no podía integrar el listado de temas para la sesiones extraordinarias del Congreso" ya que "si bien la situación era complicada, no habían sucedido los hechos que justificaran que nos encontrábamos frente a un supuestos de conmoción interior".

Los jueces Raúl Madueño, Luis María Cabral y Esteba Riggi entendieron que la Constitución establece que "es atribución del presidente de la Nación declarar el Estado de Sitio en caso de conmoción interior y también cuidando el Congreso está en receso".

En ese sentido, la máxima instancia de la Justicia Penal advirtió que "el cuestionado decreto de declaración del Estado de Sitio incluyó expresamente la orden de dar cuenta al Congreso de su dictado, a los fines que de acuerdo a las atribuciones de ese cuerpo, como lo manda la Constitución aprobándolo o suspendiéndolo".

De la Rúa, en una de las últimas decisiones antes de renunciar levantó Estado de Sitio, y al pronunciarse en ese sentido, la Cámara recordó que "el presidente provisional del Senado, Ramón Puerta (en ejercicio de la primera magistratura de la Nación) lo vuelve a imponer por diez días más con el mismo procedimiento que usó" el ex mandatario radical pero en la provincia de Buenos Aires y por diez días.

"Desde el punto de vista formal, no existe, como pretenden los recurrentes, ilegitimidad en el dictado del Estado de Sitio por parte del Poder Ejecutivo nacional que cumplió con los pasos que marca la Ley Suprema y los Pactos Internacionales", sentenció.

El abogado defensor de De la Rúa, Miguel Ángel Almeira, afirmó que se trataba de "una muy buena sentencia, sólida y muy bien fundada, con la que concluye un ciclo de once años".

Informe: NA

0 comments :

Publicar un comentario