El miércoles, Diputados tratará el proyecto de "per saltum" que ya cuenta con media sanción del Senado. |
El proyecto, que consta de sólo dos artículos, sólo podrá
ser aplicado en causas de competencia federal que impliquen “notoria gravedad
institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria”, es decir,
cuando peligren intereses colectivos.
Se trata de un elemento jurídico que se ejecutará “en la
dilación de una causa en trámite”, aunque la Corte Suprema podrá
rechazarlo “si no se observaren prima facie los requisitos para su procedencia”.
No se aplicará en causas de materia penal.
“El recurso constituye el único remedio eficaz para la
protección del derecho federal comprometido, a los fines de evitar perjuicios
de imposible o insuficiente reparación ulterior”, justifica el nuevo artículo
257 bis del Código Procesal Civil y Comercial.
La oposición se dividió en seis dictámenes. La UCR , el FAP, la CC-ARI y el Pro sugieren el
rechazo del proyecto oficial, mientras que Graciela Camaño, por un lado, y el
Frente Peronista –con la adhesión de Jorge Yoma-, por otro, impulsan textos
alternativos. En el Senado, el proyecto obtuvo 43 votos a favor y 26 en contra.
Informe:
Parlamentario.com
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