Telecom apeló la resolución 142 de la Secretaría de Defensa
del Consumidor la que fue rechazada por este organismo por lo que la empresa
presentó una acción de inconstitucionalidad contra esta última resolución de la
secretaría, pero la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo
Civil y Comercial se pronunció rechazando, a su vez, esa acción que había
presentado la citada compañía telefónica sancionada.
Finalmente, Telecom decidió recurrir a la Corte de Justicia de Salta a
través de un recurso de queja contra el pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones, pero
el Alto Tribunal rechazó también esta presentación por lo que quedó firme la
sanción inicial que le había impuesto la Secretaría de Defensa del Consumidor por 40 mil
pesos.
En su pronunciamiento, la Corte explicó que “resultan válidas las
facultades reconocidas a la administración, por las leyes de defensa del
consumidor 24240 y 7402, para aplicar sanciones ante la detección de
infracciones, en tanto se dispuso el control judicial suficiente, mediante el
procedimiento recursivo que prevén los artículos 45 de la primera y 19 de la
segunda”.
Añadió que los cuestionamientos de los apoderados de la
firma Telecom Argentina SA a la determinación de la multa y su graduación
“carecen de sustento” y citó los considerandos de la resolución cuestionada de
donde “surge que la autoridad de aplicación tuvo en miras la posición relevante
de la recurrente en el mercado local, la especialidad del servicio en cuestión,
la intencionalidad en la comisión de la infracción y la reincidencia en la
comisión de infracciones, habiendo señalado al respecto las actuaciones
pertinentes”.
Informe:
www.agensur.info
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