martes, 14 de agosto de 2012

“Vamos a tener un código modelo y es un aporte nuestro a la cultura latinoamericana y mundial”

El titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, expuso
ante el Congreso sobre el nuevo Código Civil
y Comercial. (Foto: CIJ)
NacionalesPara el titular de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, "si este proyecto es sancionado vamos a tener un código modelo y es un aporte de nuestra cultura al resto de la cultura latinoamericana y mundial, porque tiene cuestiones de avanzada respecto de otras codificaciones existentes". Lorenzetti y la vice del cuerpo, Elena Highton de Nolasco, presentaron el nuevo Código Civil y Comercial ante el Congreso.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, y su vice, Elena Highton de Nolasco, encabezaron la primera ronda exposición parlamentaria sobre el nuevo Código Civil y Comercial, en la que sobresalieron la modificación del régimen de divorcio y la fertilización asistida.

La eliminación de la infidelidad como causa jurídica de divorcio y la regulación de la "reproducción humana asistida" dominaron la mayor parte de la exposición que realizó la comisión redactora del nuevo Código Civil y Comercial que integraron Lorenzetti, Highton y la jurista Aida Kemelmajer de Carlucci.

Se trató de la primera reunión de la Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial, que tendrá 90 días para analizar el proyecto y girarlo a las dos cámaras del Congreso para su tratamiento. "Este proyecto es un cambio paradigmático en nuestra cultura porque históricamente en el derecho privado se han tomado modelos europeos que se importaron en nuestra codificación. Pero ahora tenemos la oportunidad de tener un código con una visión latinoamericana", afirmó Lorenzetti.

Y agregó: "Si este proyecto es sancionado vamos a tener un código modelo y es un aporte de nuestra cultura al resto de la cultura latinoamericana y mundial, porque tiene cuestiones de avanzada respecto de otras codificacions existentes". Uno de los temas destacados de la jornada fue el de la nueva normativa para los casos de divorcio y, en este sentido, Kemelmajer subrayó que en el nuevo código "desaparece como deber jurídico la fidelidad", es decir, que ya no será causal de divorcio.

La jurista explicó que la infidelidad "estará reconocida sólo como deber moral de contenido valorativo", y que "la supresión como deber jurídico obedece a que el proyecto intenta pacificar los conflictos familiares". En los casos de divorcio, "el abogado debe ofrecer posibilidades de solución, un plan sobre vivienda, distribución de bienes, alimentos" porque ya "no se vaa mirar quién fue culpable, sino cómo se resulve el conflicto", según explicó.

Kemelmajer también dio precisiones sobre los contratos prematrimoniales al señalar que "este proyecto permite a la gente elegir entre dos regímenes, el de comunidad de ganancias, muy parecido al que hay hoy, y un régimen de separación". Otro de los temas destacados fue la fertilización asistida y la polémica en torno a si los embriones pueden ser considerados personas o no.

"Hemos definido aquí que lo que hay que tratar es los efectos de la implantación de embriones, es decir, cuando la persona nace. Los no implantados no son personas", afirmó Lorenzetti. El titular del máximo tribunal subrayó que en el nuevo Código Civil no se incluyó la problemática del aborto porque eso pertenece "a la materia penal" y subrayó que la nueva normativa sólo se ocupa de "los derechos de la persona que nace".

Al respecto, Kemelmajer sostuvo que "la reproducción humana asistida tiene que tener una regulación específica" y también cuestionó a quienes sostienen que los embriones son personas al señalar que esto sólo es así cuando son implantados. "Si se sostiene que el embrión es persona aún cuando no es implantado, se está errando a la ciencia" porque "no se pueden implantar siete embriones a una mujer, porque no lo soportaría, se acusaría al médico de mala praxis", precisó.

Por su parte, Highton de Nolasco se refirió, entre otras cosas, al derecho propietario, y resaltó que "se ha agregado la adquisición de la habitación del cónyuge superstite", es decir, que en caso de muerte del titular de un inmueble, la pareja de esa persona podrá seguir ocupándolo. "Este derecho existe actualmente pero hay que peticionarlo y muchas veces los herederos se oponen a que el cónyuge siga viviendo en la propiedad. Nosotros lo hemos dado como constitución legal, será automático", precisó la jueza.

Informe: NA

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