En la resolución del juez Julio Bavio, se rechazaron los planteos contra la Junta Electoral de la UCR. |
Finalmente, la Justicia
Federal de Salta con competencia electoral resolvió este
viernes “no hacer lugar a la nulidad y demás planteos deducidos (…) por el
apoderado de la lista ‘Radicales por la Gente ’ en contra de la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical del
Distrito Salta”.
En una resolución que lleva la firma del juez Federal
Subrogante Julio Leonardo Bavio, se rechazaron, de este modo, las impugnaciones
que había planteado la mencionada lista que lidera el cafayateño Miguel Nanni
contra la Junta Electoral
partidaria.
En efecto, en la presentación que realizó este sector, se
solicitó que se declare la nulidad de dos resoluciones de la Junta ; que “cesen las
actitudes discriminatorias e ilegales ejecutadas en contra de la lista
(Radicales por la Gente )”,
y que “se disponga la proclamación de los candidatos a autoridad partidaria” de
la lista encabezada por Nanni.
Todo esto fue rechazado por el juez Bavio que, en su
resolución, además, y ante la caída del proceso electoral (debía llevarse a
cabo este domingo 19) ordenó que se fije un nuevo cronograma electoral.
En los considerandos de la resolución, se hizo mención al
planteo de nulidad hecho por el apoderado de la lista de Nanni, incluyendo un
pedido para que se invalide la resolución de la Junta que estableció la
certificación de las firmas de los candidatos.
La presentación a la que no hizo lugar la Justicia Federal. |
Los miembros de la
Junta respondieron al juez que ese cuerpo tenía facultad para
exigir esas certificaciones “y que ese recaudo se estableció para erradicar la
vieja práctica de que muchos candidatos son presentados por listas del interior
sin siquiera saber que sus nombres se encontraban incluidos en ellas”.
Según el juez Bavio, “en lo que respecta a la exigencia de
que las firmas de los candidatos deban ser certificadas por autoridad policial
o juez de paz, no se advierte que tal recaudo sea irrazonable o tienda a
favorecer a una u otra lista. Por el contario, esta exigencia, como se expresa
en el escrito del presidente de la
Junta tiene a evitar la presentación de listas apócrifas”.
Más adelante, en los considerandos se dispone que “la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical del
Distrito Salta elabore nuevamente el cronograma electoral (…) otorgando un
plazo prudencial para que se subsanen los defectos o vicios que tengan las listas presentadas por las agrupaciones
participantes”. No se podrán presentar nuevas listas sino “subsanar” las “listas presentadas”.
El nuevo cronograma deberá tener en cuenta “que el término
de los mandatos de las actuales autoridades vence el 29 de agosto del corriente
año y la prórroga de 30 días contemplada en el art. 63 de la Carta Orgánica Provincial”, es
decir, que las elecciones deberán cumplirse antes del 29 de septiembre, como
plazo máximo. Una de las fechas
tentativas para que se cumpla con los comicios internos es la del domingo 23 de
septiembre aunque la fecha definitiva la establecerá, de acuerdo a lo
ordenado por la Justicia ,
la Junta Electoral.
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